EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 31, apartado 2,
Vista la Decisión 2010/603/PESC, de 7 de octubre de 2010, sobre otras medidas en apoyo de la aplicación efectiva del mandato del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY) ( 1 ), y, en particular, su artículo 2, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1) Mediante la Decisión 2010/603/PESC, el Consejo adoptó medidas para congelar todos los fondos y recursos económicos pertenecientes a las personas físicas enumeradas en su anexo, que habían sido inculpadas por el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY).
(2) Una vez transferido Ratko MLADIC a la custodia del TPIY el 31 de mayo de 2011, procede retirar su nombre de la lista del anexo de la Decisión 2010/603/PESC.
(3) Ha de modificarse en consecuencia la lista del anexo de la Decisión 2010/603/PESC.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo de la Decisión 2010/603/PESC se sustituye por el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 18 de julio de 2011.
Por el Consejo
La Presidenta
C. ASHTON
ANEXO
«ANEXO
Lista de personas a que se refiere el artículo 1
Persona
Motivo
1.
Nombre: HADZIC Goran (sexo: M) Fecha de nacimiento: 7.9.1958 Lugar de nacimiento: Vinkovci, Croacia Ciudadano de Serbia Inculpado por el TPIY y aún en libertad Inculpación: 4 de junio de 2004 Asunto n o IT-04-75»
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( 1 ) DO L 265 de 8.10.2010, p. 15.
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