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Documento DOUE-L-2010-81426

Reglamento (UE) nº 715/2010 de la Comisión, de 10 de agosto de 2010, que modifica el Reglamento (CE) nº 2223/96 del Consejo por lo que se refiere a las adaptaciones de las cuentas nacionales, tras la revisión de la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE revisión 2 y de la clasificación estadística de productos por actividades (CPA).

Publicado en:
«DOUE» núm. 210, de 11 de agosto de 2010, páginas 1 a 21 (21 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2010-81426

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 2223/96 del Consejo, de 25 de junio de 1996, relativo al sistema europeo de cuentas nacionales y regionales de la Comunidad [1], y, en particular, su artículo 2, apartado 2, y su artículo 3, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) Introducir un sistema actualizado de clasificación es fundamental para los actuales esfuerzos de la Comisión por mantener la pertinencia de las estadísticas europeas, habida cuenta del progreso tecnológico y los cambios estructurales de la economía.

(2) El Reglamento (CE) no 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE revisión 2 y por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3037/90 del Consejo y determinados Reglamentos de la CE sobre aspectos estadísticos específicos [2], estableció una nomenclatura estadística revisada de actividades económicas, denominada NACE revisión 2 (en lo sucesivo, "NACE rev. 2").

(3) El Reglamento (CE) no 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece una nueva clasificación estadística de productos por actividades (CPA) y se deroga el Reglamento (CEE) no 3696/93 del Consejo [3], estableció una clasificación estadística revisada de productos por actividades (denominada en lo sucesivo "CPA 2008").

(4) El Reglamento (CE) no 2223/96, que instaura el sistema europeo de cuentas 1995 (denominado en lo sucesivo "SEC-95"), establece una metodología de normas, definiciones, nomenclaturas y normas contables comunes para elaborar las cuentas de los Estados miembros.

(5) Para establecer una nomenclatura estadística revisada de actividades económicas y una clasificación estadística revisada de productos por actividades debe adaptarse el Reglamento (CE) no 2223/96.

(6) Se ha consultado al Comité de Estadísticas Monetarias, Financieras y de Balanza de Pagos (CMFB), creado por la Decisión 2006/856/CE del Consejo [4].

(7) Se ha consultado al Comité del sistema estadístico europeo.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CE) no 2223/96 queda modificado como sigue:

1) El término "NACE Rev. 1" se sustituye por "NACE rev. 2" en todo el texto, salvo en el punto 8.153.

2) En el punto 2.34, el término "división 70" se sustituye por "división 68".

3) El texto de la nota 1 del punto 2.103 se sustituye por "NACE rev. 2: nomenclatura estadística de actividades económicas de la Comunidad Europea, con arreglo al Reglamento (CE) no 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE revisión 2 y por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3037/90 del Consejo y determinados Reglamentos de la CE sobre aspectos estadísticos específicos.".

4) En la nota 2 del apartado 2.106, el término "CIIU Rev. 3" se sustituye por "CIIU rev. 4".

5) El texto de la nota a pie de página del apartado 2.118 se sustituye por "CPA: clasificación estadística de productos por actividades, con arreglo al Reglamento (CE) no 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece una nueva clasificación estadística de productos por actividades (CPA) y se deroga el Reglamento (CEE) no 3696/93 del Consejo.".

6) En el anexo 7.1 del capítulo 7, la definición de "Equipo de transporte (AN.11131)" se sustituye por "Equipo para transportar personas y objetos. Pueden citarse como ejemplos los productos incluidos en las divisiones 29 y 30 de la CPA (1), exceptuando las partes y piezas sueltas: vehículos de motor, remolques y semirremolques; buques; locomotoras y material rodante de ferrocarril y tranvías; aeronaves y naves espaciales, y motocicletas, bicicletas, etc.".

7) En el anexo 7.1 del capítulo 7, la definición de "Otra maquinaria y bienes de equipo (AN.11132)" se sustituye por "Maquinaria y equipo n.c.o.p. Cabe citar como ejemplos, exceptuando las partes y piezas sueltas y los servicios de instalación, reparación y mantenimiento de los mismos, los productos incluidos en los grupos de la CPA 28.1: maquinaria de uso general; 28.2: otra maquinaria de uso general; 28.3: maquinaria agraria y forestal; 28.4: máquinas herramienta para trabajar el metal y otras máquinas herramienta; 28.9: otra maquinaria para usos específicos; 26.2: ordenadores y equipos periféricos; 26.3: equipos de telecomunicaciones; 26.4: productos electrónicos de consumo; 26.5: instrumentos y aparatos de medida, verificación y navegación; relojes; 26.6: equipos de radiación, electromédicos y electroterapéuticos; 26.7: instrumentos de óptica y equipo fotográfico, y en la división 27 de la CPA: material y equipo eléctrico. Otros ejemplos son los productos, exceptuando las partes y piezas sueltas y los servicios de instalación, reparación y mantenimiento de los mismos, incluidos en la subcategoría 20.13.14 de la CPA: elementos combustibles (cartuchos) no irradiados, para reactores nucleares; en la división 31 de la CPA: muebles; en los grupos de la CPA 32.2: instrumentos musicales; 32.3: artículos deportivos, y 25.3: generadores de vapor, excepto calderas para calefacción central.".

8) El texto de la nota 1 del anexo 7.1 del capítulo 7 se sustituye por "Clasificación estadística de productos por actividades (CPA).".

9) En el anexo II, punto 7, "clase 70.20 ("Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia")" se sustituye por "clase 68.20 ("Servicios de alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia o arrendados’ ")"; "división 71 ("Alquiler de maquinaria y equipo sin operario, de efectos personales y enseres domésticos")" se sustituye por "división 77 ("Servicios de alquiler")", y "clase 60.24" se sustituye por "clase 49.41".

10) En el anexo II, punto 11, "clase 65.21" se sustituye por "clase 64.91".

11) En el anexo II, punto 14, "clase 65.22" se sustituye por "clase 64.92".

12) En el anexo III, punto 14, "clase 75.30" se sustituye por "clase 84.30".

13) En el anexo III, punto 17, "clase 66.02" se sustituye por "clase 65.30".

14) En el anexo III, punto 32, "clase 66.01" se sustituye por "clase 65.11".

15) En el anexo III, punto 37, "clase 66.03" se sustituye por "clase 65.12".

16) En el anexo III, punto 41, "clase 67.20" se sustituye por "clase 66.2".

17) En la tabla 8.22, el subtítulo "RAMAS DE ACTIVIDAD (por secciones de la NACE)" se sustituye por "RAMAS DE ACTIVIDAD (por secciones de la NACE rev. 1)".

18) En el anexo IV, el título del capítulo "AGRUPAMIENTO Y CODIFICACIÓN DE LAS RAMAS DE ACTIVIDAD (A), LOS PRODUCTOS (P) Y LAS INVERSIONES (FORMACIÓN DE CAPITAL FIJO) (Pi)" se sustituye por "AGRUPAMIENTO Y CODIFICACIÓN DE LAS RAMAS DE ACTIVIDAD (A*), LOS PRODUCTOS (P*) Y LOS ACTIVOS FIJOS (FORMACIÓN DE CAPITAL FIJO) (AN)".

19) En el anexo IV, el texto tras el título "AGRUPAMIENTO Y CODIFICACIÓN DE LAS RAMAS DE ACTIVIDAD (A), LOS PRODUCTOS (P) Y LAS INVERSIONES (FORMACIÓN DE CAPITAL FIJO) (Pi)" se sustituye por el texto del anexo del presente Reglamento.

20) En el anexo B, en el texto, "A3" se sustituye por "A*3"; "A6" se sustituye por "A*10"; "A6†" se sustituye por "A*10"; "A17" se sustituye por "A*21"; "A31" se sustituye por "A*38", y "A60" se sustituye por "A*64".

21) En el anexo B, en la tabla "Presentación de las tablas":

- Se suprimen las líneas relativas a las tablas 15 y 16:

15 | Tabla de origen a precios básicos, incluida una transformación a precios de adquisición, A60 × P60 | 36 | 2007 | A partir de 2000 |

16 | Tabla de destino a precios de adquisición, A60 × P60 | 36 | 2007 | A partir de 2000 |

y se sustituyen por las siguientes:

15 | Tabla de origen a precios básicos, incluida la transformación a precios de adquisición | 36 | 2007 | A partir de 2000 |

16 | Tabla de destino a precios de adquisición | 36 | 2007 | A partir de 2000 |

- Se suprimen las líneas relativas a las tablas 17, 18 y 19:

17 | Tabla "input-output" simétrica a precios básicos, P60 × P60, quinquenal | 36 | 2008 | A partir de 2000 |

18 | Tabla "input-output" simétrica de la producción interior a precios básicos, P60 × P60, quinquenal | 36 | 2008 | A partir de 2000 |

19 | Tabla "input-output" simétrica de las importaciones a precios básicos, P60 × P60, quinquenal | 36 | 2008 | A partir de 2000 |

y se sustituyen por las siguientes:

17 | Tabla "input-output" simétrica a precios básicos, quinquenal | 36 | 2008 | A partir de 2000 |

18 | Tabla "input-output" simétrica de la producción interior a precios básicos, quinquenal | 36 | 2008 | A partir de 2000 |

19 | Tabla "input-output" simétrica de las importaciones a precios básicos, quinquenal | 36 | 2008 | A partir de 2000 |

22) En el anexo B, en el texto, "n = 60" se sustituye por "n = 64", y "m = 60" se sustituye por "m = 64".

23) En el anexo B, la tabla 10 se sustituye por la tabla siguiente:

"Tabla 10 — Tablas por rama de actividad y por región (NUTS 2)

Código | Lista de variables | Desglose |

B.1G | 1.Valor añadido bruto a precios básicos (precios corrientes) | A*10 |

D.1 | 2.Remuneración de los asalariados (precios corrientes) | A*10 |

P.51 | 3.Formación bruta de capital fijo (precios corrientes) | A*10 |

4.Empleo en miles de personas y miles de horas trabajadas |

ETO | —Total | A*10 |

EEM | —Asalariados | A*10" |

24) En el anexo B, la tabla 12 se sustituye por la tabla siguiente:

"Tabla 12 — Tablas por rama de actividad y por región (NUTS 3)

Código | Lista de variables | Desglose |

B.1G | 1.Valor añadido bruto a precios básicos (precios corrientes) | A*10 |

2.Empleo (miles de personas) |

ETO | —Total | A*10 |

EEM | —Asalariados | A*10" |

25) En el anexo B, tablas 15 y 16, "Productos (CPA)" se sustituye por "Productos (P*64)", y "Ramas de actividad (NACE A60)" se sustituye por "Ramas de actividad (A*64)".

26) En el anexo B, tablas 17, 18 y 19, "Productos" se sustituye por "Productos (P*64)".

27) En el anexo B, capítulo "Excepciones por Estado miembro":

- Bulgaria: en la tabla 2.1 "Excepciones a las tablas", se suprime la siguiente referencia a la tabla 22:

22 | Todas las variables | Año 2005: primera transmisión en 2008 | 2005 | 2008 |

Años 2000-2004: primera transmisión en 2010 | 2000-2004 | 2010 |

Años 1998-1999: primera transmisión en 2011 | 1998-1999 | 2011 |

Años 1995-1997: no se transmitirán los datos | 1995-1997 | No se transmitirán los datos |

y se sustituye por la siguiente:

22 | Todas las variables | Año 2005: primera transmisión en 2008 | 2005 | 2008 |

Años 2000-2004: primera transmisión en 2010 | 2000-2004 | 2010 |

Años 1995-1999: no se transmitirán los datos | 1995-1999 | No se transmitirán los datos |

- Bulgaria: en la tabla 2.2 "Excepciones a variables/partidas en las tablas", se suprime la siguiente referencia a la tabla 10:

10 | Formación bruta de capital fijo (P.51) | Años 2005-2006: primera transmisión en 2009 | 2005-2006 | 2009 |

Años 2000-2004: primera transmisión en 2011 | 2000-2004 | 2011 |

Años 1998-1999: primera transmisión en 2012 | 1998-1999 | 2012 |

Años 1995-1997: no se transmitirán los datos | 1995-1997 | No se transmitirán los datos |

y se sustituye por la siguiente:

10 | Formación bruta de capital fijo (P.51) | Años 2005-2006: primera transmisión en 2009 | 2005-2006 | 2009 |

Años 2000-2004: primera transmisión en 2011 | 2000-2004 | 2011 |

Año 1999: primera transmisión en 2012 | 1999 | 2012 |

Años 1995-1998: no se transmitirán los datos | 1995-1998 | No se transmitirán los datos |

- Grecia: en la tabla 7.2 "Excepciones para variables/partidas individuales en las tablas", se suprime la siguiente referencia a la tabla 1:

1 | Empleo — trimestral | Años 1990-1994: primera transmisión en 2011 | 1990-1994 | 2011 |

y se sustituye por la siguiente:

1 | Empleo — trimestral — totales | Años 1990-1994: primera transmisión en 2011 | 1990-1994 | 2011 |

Empleo — trimestral — desglose por rama de actividad | Años 1990-1994: no se transmitirán los datos | 1990-1994 | No se transmitirán los datos |

- Francia: en la tabla 9.1 "Excepciones a las tablas", se suprime la siguiente referencia a la tabla 3:

3 | Todas las variables: desglose por ramas de actividad A31, A60 | Años 1980-1998: primera transmisión en 2011 | 1980-1998 | 2011 |

y se sustituye por la siguiente:

3 | Todas las variables excepto población, empleo y remuneración de los empleados: desglose por rama de actividad A*38, A*64 | Años 1995-1998: primera transmisión en 2012 | 1995-1998 | 2012 |

Años 1980-1994: no se transmitirán los datos | 1980-1994 | No se transmitirán los datos |

- Países Bajos: en la tabla 18.2 "Excepciones para variables/partidas individuales en las tablas", se suprime la siguiente referencia a la tabla 1:

1 | Asalariados y trabajadores autónomos en unidades de producción residentes: ramas de actividad J a K y L a P, personas — anual | Años 1980-1986: no se transmitirán los datos | 1980-1986 | No se transmitirán los datos |

y se sustituye por la siguiente:

1 | Asalariados y trabajadores autónomos en unidades de producción residentes: ramas de actividad K a L y O a T, personas — anual | Años 1980-1986: no se transmitirán los datos | 1980-1986 | No se transmitirán los datos |

- Países Bajos: en la tabla 18.2 "Excepciones para variables/partidas individuales en las tablas", se suprimen las siguientes referencias a la tabla 3:

3 | Precios corrientes: | | | |

| Variables P.1, P.2, B.1G, D.29-D.39, D.1, D.11 para ramas de actividad B, DC_DD, DI | Años 1980-1986: no se transmitirán los datos | 1980-1986 | No se transmitirán los datos |

| Variables B.2N+B.3N para ramas de actividad B, CA_CB, DC_DD, DH_DI, DK_DN, DH | Años 1980-1986: no se transmitirán los datos | 1980-1986 | No se transmitirán los datos |

3 | Precios del año anterior y volúmenes encadenados: | | | |

| Variables B.1G para ramas de actividad B, CA_CB, DB_DE, DH_DN, J_K, O_P | Años 1980-1987: no se transmitirán los datos | 1980-1987 | No se transmitirán los datos |

| Variable K.1 para ramas de actividad B, CA_ CB, DC_DD, DH_DI, DK_DN, H_O | Años 1980-1995: no se transmitirán los datos | 1980-1995 | No se transmitirán los datos |

3 | Precios corrientes: | | | |

| Variables P.5, P.52, P.53 desglose por ramas de actividad | Años 1980-1994: no se transmitirán los datos | 1980-1994 | No se transmitirán los datos |

| Variable P.51 para ramas de actividad B, CA_CB, DC_DD, DI | Años 1980-1986: no se transmitirán los datos | 1980-1986 | No se transmitirán los datos |

3 | Precios del año anterior y volúmenes encadenados: | | | |

| Variables P.5, P.52, P.53 | Años 1980-1987: no se transmitirán los datos | 1980-1987 | No se transmitirán los datos |

| Variables P.5, P.52, P.53 desglose por ramas de actividad | Años 1988-1995: no se transmitirán los datos | 1988-1995 | No se transmitirán los datos |

| Variable P.51 para ramas de actividad B, CA_CB, DC_DD, DI | Años 1980-1987: no se transmitirán los datos | 1980-1987 | No se transmitirán los datos |

y se sustituyen por las siguientes:

3 | Precios corrientes: | | | |

| Variables P.1, P.2, B.1G, D.29-D.39, para las ramas de actividad 03, 13-16, 23, 28 | Años 1980-1986: no se transmitirán los datos | 1980-1986 | No se transmitirán los datos |

| Variables B.2N+B.3N para las ramas de actividad 03, 05-09, 13-16, 22-23, 27-32 | Años 1980-1986: no se transmitirán los datos | 1980-1986 | No se transmitirán los datos |

3 | Precios del año anterior y volúmenes encadenados: | | | |

| Variables B.1G para las ramas de actividad 03, 05-09, 13-17, 22-33, 64-68, 96-98 | Años 1980-1987: no se transmitirán los datos | 1980-1987 | No se transmitirán los datos |

| Variable K.1 para las ramas de actividad 03, 05-09, 13-16, 22-23, 27-32, 55-96 | Años 1980-1995: no se transmitirán los datos | 1980-1995 | No se transmitirán los datos |

3 | Precios corrientes: | | | |

| Variables P.5, P.52, P.53 desglose por ramas de actividad | Años 1980-1994: no se transmitirán los datos | 1980-1994 | No se transmitirán los datos |

| Variable P.51 para las ramas de actividad 03, 05-09, 13-16, 23 | Años 1980-1986: no se transmitirán los datos | 1980-1986 | No se transmitirán los datos |

3 | Precios del año anterior y volúmenes encadenados: | | | |

| Variables P.5, P.52, P.53 | Años 1980-1987: no se transmitirán los datos | 1980-1987 | No se transmitirán los datos |

| Variables P.5, P.52, P.53 desglose por ramas de actividad | Años 1988-1995: no se transmitirán los datos | 1988-1995 | No se transmitirán los datos |

| Variable P.51 para las ramas de actividad 03, 05-09, 13-16, 23 | Años 1980-1987: no se transmitirán los datos | 1980-1987 | No se transmitirán los datos |

- Suecia: en la tabla 26.2 "Excepciones para variables/partidas individuales en las tablas", "Desglose por ramas de actividad 50-52" se sustituye por "Desglose por ramas de actividad 45-47".

28) En el anexo B, tras la tabla 26 se añade el texto siguiente:

"TRANSMISIÓN DE DATOS

1. Los desgloses A*3, A*10, A*21, A*38 y A*64, derivados de la NACE rev. 2, y P*3, P*10, P*21, P*38 y P*64, derivados de la CPA 2008, deberán utilizarse para todos los datos transmitidos después del 31 de agosto de 2011, salvo las excepciones que figuran en el párrafo segundo.

Los Estados miembros a los que se les haya concedido una excepción para transmitir los datos de las tablas 15 a 19 del Reglamento (CE) no 2223/96 hasta 2011 o más tarde aplicarán los desgloses A3, A6, A17, A31, A60, P3, P6, P17, P31 y P60 para los períodos de referencia hasta 2007, y los desgloses A*3, A*10, A*21, A*38, A*64, P*3, P*10, P*21, P*38 y P*64 para los períodos de referencia de 2008 en adelante, con independencia del momento de la transmisión de los datos.

2. Hasta el 31 de diciembre de 2014, para transmitir los datos de la tabla 10 se utilizará la NACE rev. 2, desglose A*10, o las siguientes partidas agregadas de la NACE rev. 2, desglose A*10:

- (G, H, I y J) en vez de (G, H e I) y (J),

- (K, L, M y N) en vez de (K), (L) y (M y N),

- (O, P, Q, R, S, T y U) en vez de (O, P y Q) y (R, S, T y U).

A partir del 1 de enero de 2015, para transmitir los datos de la tabla 10 se utilizará la NACE rev. 2, desglose A*10.

3. Para transmitir los datos de la tabla 12 se utilizará la NACE rev. 2, desglose A*10, o las siguientes partidas agregadas de la NACE rev. 2, desglose A*10:

- (G, H, I y J) en vez de (G, H e I) y (J),

- (K, L, M y N) en vez de (K), (L) y (M y N),

- (O, P, Q, R, S, T y U) en vez de (O, P y Q) y (R, S, T y U).

4. La transmisión de los datos de los puntos 26 bis y 44 bis con arreglo a los desgloses A*38 y A*64, respectivamente, "de las cuales: rentas inmobiliarias imputadas", especificados en el capítulo AGRUPAMIENTO Y CODIFICACIÓN DE LAS RAMAS DE ACTIVIDAD (A*), LOS PRODUCTOS (P*) Y LOS ACTIVOS FIJOS (FORMACIÓN DE CAPITAL FIJO) (AN) del anexo IV solo son obligatorios para las variables P.1, P.2, B.1G especificadas en la tabla 3 del anexo B del Reglamento (CE) no 2223/96.

5. Con la primera transmisión después del 31 de agosto de 2011 con arreglo al programa de transmisión de datos de cuentas nacionales SEC-95 utilizando la NACE rev. 2 o la CPA 2008, los datos desglosados por rama de actividad o por producto deberán suministrarse para los períodos de observación siguientes:

a) tabla 1 : de 2000 (2000Q1 para los datos trimestrales) en adelante;

b) tabla 3 : de 2000 en adelante;

c) tabla 10 : 2009;

d) tabla 12 : 2009;

e) tabla 20 : de 2000 en adelante;

f) tabla 22 : de 2000 en adelante.

Los Estados miembros transmitirán datos anuales para la tabla 1, junto con la primera transmisión de la tabla 1 trimestral, en 2011Q2 y a más tardar el 30 de septiembre de 2011.

6. Con la primera transmisión de tablas después del 31 de agosto de 2012 con arreglo al programa de transmisión de datos de cuentas nacionales SEC-95 utilizando la NACE rev. 2 o la CPA 2008, los datos desglosados por rama de actividad o por producto deberán suministrarse al menos para los períodos de observación siguientes:

a) tabla 1 (excepto las variables enumeradas en "Población, empleo y remuneración de los asalariados") :

- de 1990 (1990Q1 para los datos trimestrales) en adelante para Bélgica, Dinamarca, Alemania, Irlanda, Grecia, España, Francia, Italia, Luxemburgo, los Países Bajos, Austria, Portugal, Finlandia, Suecia y el Reino Unido,

- de 1995 (1995Q1 para los datos trimestrales) en adelante para Bulgaria, la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Rumanía, Eslovenia y Eslovaquia;

b) tabla 3 (excepto las variables enumeradas en "Población, empleo y remuneración de los asalariados") : de 1995 en adelante para A*10 y A*38;

c) tabla 10 : de 2000 en adelante;

d) tabla 12 : de 2000 en adelante.

7. Para las tablas 15, 16, 17, 18 y 19 no se requiere ningún dato más con arreglo a la NACE rev. 2 o la CPA 2008.".

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 10 de agosto de 2010.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel Barroso

__________________________

(1) DO L 310 de 30.11.1996, p. 1.

(2) DO L 393 de 30.12.2006, p. 1.

(3) DO L 145 de 4.6.2008, p. 65.

(4) DO L 332 de 30.11.2006, p. 21.

ANEXO

"A*3

No sec. | Secciones de la NACE rev. 2 | Descripción |

1 | A | Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca |

2 | B, C, D, E y F | Industrias extractivas; industria manufacturera; suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado; suministro de agua, actividades de alcantarillado, gestión de residuos y descontaminación; construcción |

3 | G, H, I, J, K, L, M, N, O, P, Q, R, S, T y U | Servicios |

A*10

No sec. | Secciones de la NACE rev. 2 | Descripción |

1 | A | Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca |

2 | B, C, D y E | Industrias extractivas; industria manufacturera; suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado; suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación |

2 bis | C | de los cuales: industria manufacturera |

3 | F | Construcción |

4 | G, H e I | Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas; transporte y almacenamiento; hostelería |

5 | J | Información y comunicaciones |

6 | K | Actividades financieras y de seguros |

7 | L | Actividades inmobiliarias |

8 | M y N | Actividades profesionales, científicas y técnicas; actividades administrativas y servicios auxiliares |

9 | O, P y Q | Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria; educación; actividades sanitarias y de servicios sociales |

10 | R, S, T y U | Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento; reparación de artículos de uso doméstico y otros servicios |

A*21

No sec. | Secciones de la NACE rev. 2 | Divisiones de la NACE rev. 2 | Descripción |

1 | A | 01-03 | Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca |

2 | B | 05-09 | Industrias extractivas |

3 | C | 10-33 | Industria manufacturera |

4 | D | 35 | Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado |

5 | E | 36-39 | Suministro de agua; actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación |

6 | F | 41-43 | Construcción |

7 | G | 45-47 | Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas |

8 | H | 49-53 | Transporte y almacenamiento |

9 | I | 55-56 | Hostelería |

10 | J | 58-63 | Información y comunicaciones |

11 | K | 64-66 | Actividades financieras y de seguros |

12 | L | 68 | Actividades inmobiliarias |

13 | M | 69-75 | Actividades profesionales, científicas y técnicas |

14 | N | 77-82 | Actividades administrativas y servicios auxiliares |

15 | O | 84 | Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria |

16 | P | 85 | Educación |

17 | Q | 86-88 | Actividades sanitarias y de servicios sociales |

18 | R | 90-93 | Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento |

19 | S | 94-96 | Otros servicios |

20 | T | 97-98 | Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico, o como productores de bienes y servicios para uso propio |

21 | U | 99 | Actividades de organismos extraterritoriales |

A*38

No sec. | Divisiones de la NACE rev. 2 | Descripción |

1 | 01-03 | Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca |

2 | 05-09 | Industrias extractivas |

3 | 10-12 | Industria de la alimentación, fabricación de bebidas e industria del tabaco |

4 | 13-15 | Industria textil, confección de prendas de vestir e industria del cuero y del calzado |

5 | 16-18 | Industria de la madera y del corcho, industria del papel y artes gráficas |

6 | 19 | Coquerías y refino de petróleo |

7 | 20 | Industria química |

8 | 21 | Fabricación de productos farmacéuticos |

9 | 22-23 | Fabricación de productos de caucho y plásticos, y de otros productos minerales no metálicos |

10 | 24-25 | Metalurgia y fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo |

11 | 26 | Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos |

12 | 27 | Fabricación de material y equipo eléctrico |

13 | 28 | Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p. |

14 | 29-30 | Fabricación de material de transporte |

15 | 31-33 | Fabricación de muebles; otras industrias manufactureras y reparación e instalación de maquinaria y equipo |

16 | 35 | Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado |

17 | 36-39 | Suministro de agua; actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación |

18 | 41-43 | Construcción |

19 | 45-47 | Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas |

20 | 49-53 | Transporte y almacenamiento |

21 | 55-56 | Hostelería |

22 | 58-60 | Edición, actividades audiovisuales y de radiodifusión |

23 | 61 | Telecomunicaciones |

24 | 62-63 | Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática; servicios de información |

25 | 64-66 | Actividades financieras y de seguros |

26 | 68 | Actividades inmobiliarias |

26 bis | | de las cuales: rentas inmobiliarias imputadas |

27 | 69-71 | Actividades jurídicas y de contabilidad; actividades de las sedes centrales; actividades de consultoría de gestión empresarial; servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos |

28 | 72 | Investigación y desarrollo |

29 | 73-75 | Publicidad y estudios de mercado; otras actividades profesionales, científicas y técnicas; actividades veterinarias |

30 | 77-82 | Actividades administrativas y servicios auxiliares |

31 | 84 | Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria |

32 | 85 | Educación |

33 | 86 | Actividades sanitarias |

34 | 87-88 | Actividades de servicios sociales |

35 | 90-93 | Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento |

36 | 94-96 | Otros servicios |

37 | 97-98 | Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico o como productores de bienes y servicios para uso propio |

38 | 99 | Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales |

A*64

No sec. | Divisiones de la NACE rev. 2 | Descripción |

1 | 01 | Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas |

2 | 02 | Silvicultura y explotación forestal |

3 | 03 | Pesca y acuicultura |

4 | 05-09 | Industrias extractivas |

5 | 10-12 | Industria de la alimentación, fabricación de bebidas e industria del tabaco |

6 | 13-15 | Industria textil, confección de prendas de vestir e industria del cuero y del calzado |

7 | 16 | Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería |

8 | 17 | Industria del papel |

9 | 18 | Artes gráficas y reproducción de soportes grabados |

10 | 19 | Coquerías y refino de petróleo |

11 | 20 | Industria química |

12 | 21 | Fabricación de productos farmacéuticos |

13 | 22 | Fabricación de productos de caucho y plásticos |

14 | 23 | Fabricación de otros productos minerales no metálicos |

15 | 24 | Metalurgia; fabricación de productos de hierro, acero y ferroaleaciones |

16 | 25 | Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo |

17 | 26 | Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos |

18 | 27 | Fabricación de material y equipo eléctrico |

19 | 28 | Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p. |

20 | 29 | Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques |

21 | 30 | Fabricación de otro material de transporte |

22 | 31-32 | Fabricación de muebles; otras industrias manufactureras |

23 | 33 | Reparación e instalación de maquinaria y equipo |

24 | 35 | Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado |

25 | 36 | Captación, depuración y distribución de agua |

26 | 37-39 | Recogida y tratamiento de aguas residuales; recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización; actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos |

27 | 41-43 | Construcción |

28 | 45 | Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas |

29 | 46 | Comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas |

30 | 47 | Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas |

31 | 49 | Transporte terrestre y por tubería |

32 | 50 | Transporte marítimo y por vías navegables interiores |

33 | 51 | Transporte aéreo |

34 | 52 | Almacenamiento y actividades anexas al transporte |

35 | 53 | Actividades postales y de correos |

36 | 55-56 | Servicios de alojamiento; servicios de comidas y bebidas |

37 | 58 | Edición |

38 | 59-60 | Actividades cinematográficas, de vídeo y de programas de televisión, grabación de sonido y edición musical; actividades de programación y emisión de radio y televisión |

39 | 61 | Telecomunicaciones |

40 | 62-63 | Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática; servicios de información |

41 | 64 | Servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones |

42 | 65 | Seguros, reaseguros y fondos de pensiones, excepto seguridad social obligatoria |

43 | 66 | Actividades auxiliares a los servicios financieros y a los seguros |

44 | 68 | Actividades inmobiliarias |

44 bis | | de las cuales: rentas inmobiliarias imputadas |

45 | 69-70 | Actividades jurídicas y de contabilidad; actividades de las sedes centrales; actividades de consultoría de gestión empresarial |

46 | 71 | Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos |

47 | 72 | Investigación y desarrollo |

48 | 73 | Publicidad y estudios de mercado |

49 | 74-75 | Otras actividades profesionales, científicas y técnicas; actividades veterinarias |

50 | 77 | Actividades de alquiler |

51 | 78 | Actividades relacionadas con el empleo |

52 | 79 | Actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos |

53 | 80-82 | Actividades de seguridad e investigación; servicios a edificios y actividades de jardinería; actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas |

54 | 84 | Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria |

55 | 85 | Educación |

56 | 86 | Actividades sanitarias |

57 | 87-88 | Actividades de servicios sociales |

58 | 90-92 | Actividades de creación, artísticas y espectáculos; actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; juegos de azar y apuestas |

59 | 93 | Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento |

60 | 94 | Actividades asociativas |

61 | 95 | Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico |

62 | 96 | Otros servicios personales |

63 | 97-98 | Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico o como productores de bienes y servicios para uso propio |

64 | 99 | Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales |

P*3

No sec. | Secciones de la CPA 2008 | Descripción |

1 | A | Productos de la agricultura, la ganadería, la silvicultura y la pesca |

2 | B, C, D, E y F | Industrias extractivas; productos manufacturados; energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado; suministro de agua; servicios de alcantarillado, gestión de residuos y saneamiento; construcciones y trabajos de construcción |

3 | G, H, I, J, K, L, M, N, O, P, Q, R, S, T y U | Servicios |

P*10

No sec. | Secciones de la CPA 2008 | Descripción |

1 | A | Productos de la agricultura, la ganadería, la silvicultura y la pesca |

2 | B, C, D y E | Industrias extractivas; productos manufacturados; energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado; suministro de agua; servicios de alcantarillado, gestión de residuos y saneamiento |

2 bis | C | de los cuales: productos manufacturados |

3 | F | Construcciones y trabajos de construcción |

4 | G, H e I | Servicios de comercio al por mayor y al por menor; servicios de reparación de vehículos de motor y motocicletas; servicios de transporte y almacenamiento; servicios de hostelería |

5 | J | Servicios de información y comunicaciones |

6 | K | Servicios financieros y de seguros |

7 | L | Servicios inmobiliarios |

8 | M y N | Servicios profesionales, científicos y técnicos; servicios administrativos y auxiliares |

9 | O, P y Q | Servicios de administración pública y defensa; servicios de seguridad social obligatoria; servicios de educación; servicios de atención sanitaria y de trabajo social |

10 | R, S, T y U | Servicios de arte, espectáculos y ocio; reparación de artículos de uso doméstico y otros servicios |

P*21

No sec. | Secciones de la CPA 2008 | Divisiones de la CPA 2008 | Descripción |

1 | A | 01-03 | Productos de la agricultura, la ganadería, la silvicultura y la pesca |

2 | B | 05-09 | Industrias extractivas |

3 | C | 10-33 | Productos manufacturados |

4 | D | 35 | Energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado |

5 | E | 36-39 | Suministro de agua; servicios de alcantarillado, gestión de residuos y saneamiento |

6 | F | 41-43 | Construcciones y trabajos de construcción |

7 | G | 45-47 | Servicios de comercio al por mayor y al por menor; servicios de reparación de vehículos de motor y motocicletas |

8 | H | 49-53 | Servicios de transporte y almacenamiento |

9 | I | 55-56 | Servicios de hostelería |

10 | J | 58-63 | Servicios de información y comunicaciones |

11 | K | 64-66 | Servicios financieros y de seguros |

12 | L | 68 | Servicios inmobiliarios |

13 | M | 69-75 | Servicios profesionales, científicos y técnicos |

14 | N | 77-82 | Servicios administrativos y auxiliares |

15 | O | 84 | Servicios de administración pública y defensa; servicios de seguridad social obligatoria |

16 | P | 85 | Servicios de educación |

17 | Q | 86-88 | Servicios de atención sanitaria y de trabajo social |

18 | R | 90-93 | Servicios de arte, espectáculos y ocio |

19 | S | 94-96 | Otros servicios |

20 | T | 97-98 | Servicios de los hogares como empleadores; bienes y servicios no diferenciados producidos por hogares privados para uso propio |

21 | U | 99 | Servicios de organizaciones y organismos extraterritoriales |

P*38

No sec. | Divisiones de la CPA 2008 | Descripción |

1 | 01-03 | Productos de la agricultura, la ganadería, la silvicultura y la pesca |

2 | 05-09 | Industrias extractivas |

3 | 10-12 | Productos alimenticios, bebidas y tabaco manufacturado |

4 | 13-15 | Productos textiles, prendas de vestir, artículos de cuero y calzado |

5 | 16-18 | Productos de madera y corcho; productos del papel; servicios de impresión y reproducción |

6 | 19 | Coque y productos de refino de petróleo |

7 | 20 | Productos químicos |

8 | 21 | Productos farmacéuticos de base y sus preparados |

9 | 22-23 | Productos de caucho y plásticos; otros productos minerales no metálicos |

10 | 24-25 | Productos de metalurgia y productos metálicos, excepto maquinaria y equipo |

11 | 26 | Productos informáticos, electrónicos y ópticos |

12 | 27 | Material y equipo eléctrico |

13 | 28 | Maquinaria y equipo n.c.o.p. |

14 | 29-30 | Material de transporte |

15 | 31-33 | Muebles; otros productos manufacturados; servicios de reparación e instalación de maquinaria y equipos |

16 | 35 | Energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado |

17 | 36-39 | Suministro de agua; servicios de alcantarillado, gestión de residuos y saneamiento |

18 | 41-43 | Construcciones y trabajos de construcción |

19 | 45-47 | Servicios de comercio al por mayor y al por menor; servicios de reparación de vehículos de motor y motocicletas |

20 | 49-53 | Servicios de transporte y almacenamiento |

21 | 55-56 | Servicios de hostelería |

22 | 58-60 | Servicios de edición, audiovisuales y de radiodifusión |

23 | 61 | Servicios de telecomunicaciones |

24 | 62-63 | Servicios de programación, consultoría y otros servicios relacionados con la informática; servicios de información |

25 | 64-66 | Servicios financieros y de seguros |

26 | 68 | Servicios inmobiliarios |

26 bis | | de los cuales: rentas inmobiliarias imputadas |

27 | 69-71 | Servicios jurídicos y contables; servicios de sedes centrales de empresas; servicios de consultores en administración; servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; servicios de ensayos y análisis técnicos |

28 | 72 | Servicios de investigación y desarrollo científicos |

29 | 73-75 | Servicios de publicidad y de estudio de mercado; otros servicios profesionales, científicos y técnicos; servicios veterinarios |

30 | 77-82 | Servicios administrativos y auxiliares |

31 | 84 | Servicios de administración pública y defensa; servicios de seguridad social obligatoria |

32 | 85 | Servicios de educación |

33 | 86 | Servicios de atención sanitaria |

34 | 87-88 | Servicios sociales |

35 | 90-93 | Servicios de arte, espectáculos y ocio |

36 | 94-96 | Otros servicios |

37 | 97-98 | Servicios de los hogares como empleadores; bienes y servicios no diferenciados producidos por hogares privados para uso propio |

38 | 99 | Servicios de organizaciones y organismos extraterritoriales |

P*64

No sec. | Divisiones de la CPA 2008 | Descripción |

1 | 01 | Productos de la agricultura, la ganadería y la caza, y servicios relacionados con los mismos |

2 | 02 | Productos de la silvicultura y la explotación forestal, y servicios relacionados con los mismos |

3 | 03 | Pescado y otros productos de la pesca; productos de la acuicultura; servicios de apoyo a la pesca |

4 | 05-09 | Industrias extractivas |

5 | 10-12 | Productos alimenticios; bebidas; tabaco manufacturado |

6 | 13-15 | Productos textiles; prendas de vestir; artículos de cuero y calzado |

7 | 16 | Madera y corcho y productos de madera y corcho, excepto muebles; artículos de cestería y espartería |

8 | 17 | Papel y productos del papel |

9 | 18 | Servicios de impresión y de reproducción de soportes grabados |

10 | 19 | Coque y productos de refino de petróleo |

11 | 20 | Productos químicos |

12 | 21 | Productos farmacéuticos de base y sus preparados |

13 | 22 | Productos de caucho y plásticos |

14 | 23 | Otros productos minerales no metálicos |

15 | 24 | Productos de metalurgia y productos metálicos |

16 | 25 | Productos metálicos, excepto maquinaria y equipo |

17 | 26 | Productos informáticos, electrónicos y ópticos |

18 | 27 | Material y equipo eléctrico |

19 | 28 | Maquinaria y equipo n.c.o.p. |

20 | 29 | Vehículos de motor, remolques y semirremolques |

21 | 30 | Otro material de transporte |

22 | 31-32 | Muebles; otros productos manufacturados |

23 | 33 | Servicios de reparación e instalación de maquinaria y equipos |

24 | 35 | Energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado |

25 | 36 | Agua natural; servicios de tratamiento y distribución de agua |

26 | 37-39 | Servicios de alcantarillado; servicios de recogida, tratamiento y eliminación de residuos; servicios de valorización; servicios de saneamiento y otros servicios de gestión de residuos |

27 | 41-43 | Construcciones y trabajos de construcción |

28 | 45 | Servicios de comercio al por mayor y al por menor y servicios de reparación de vehículos de motor y motocicletas |

29 | 46 | Servicios de comercio al por mayor e intermediación del comercio, excepto de vehículos de motor, motocicletas y ciclomotores |

30 | 47 | Servicios de comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas |

31 | 49 | Servicios de transporte terrestre, incluso por tubería |

32 | 50 | Servicios de transporte marítimo y por vías navegables interiores |

33 | 51 | Servicios de transporte aéreo |

34 | 52 | Servicios de almacenamiento y auxiliares del transporte |

35 | 53 | Servicios de correos y mensajería |

36 | 55-56 | Servicios de hostelería |

37 | 58 | Servicios de edición |

38 | 59-60 | Servicios cinematográficos, de vídeo y televisión; grabación de sonido y edición musical; servicios de programación y emisión de radio y televisión |

39 | 61 | Servicios de telecomunicaciones |

40 | 62-63 | Servicios de programación, consultoría y otros servicios relacionados con la informática; servicios de información |

41 | 64 | Servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones |

42 | 65 | Servicios de seguros, reaseguros y planes de pensiones, excepto seguridad social obligatoria |

43 | 66 | Servicios auxiliares a los servicios financieros y a los servicios de seguros |

44 | 68 | Servicios inmobiliarios |

44 bis | | de los cuales: rentas inmobiliarias imputadas |

45 | 69-70 | Servicios jurídicos y contables; servicios de sedes centrales de empresas; servicios de consultoría de gestión empresarial |

46 | 71 | Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; servicios de ensayos y análisis técnicos |

47 | 72 | Servicios de investigación y desarrollo científicos |

48 | 73 | Servicios de publicidad y de estudio de mercado |

49 | 74-75 | Otros servicios profesionales, científicos y técnicos; servicios veterinarios |

50 | 77 | Servicios de alquiler |

51 | 78 | Servicios de empleo |

52 | 79 | Servicios de agencias de viajes, operadores turísticos y otros servicios de reservas, y servicios relacionados con los mismos |

53 | 80-82 | Servicios de seguridad e investigación; servicios para edificios y paisajísticos; servicios administrativos, de oficina y otros servicios de ayuda a las empresas |

54 | 84 | Servicios de administración pública y defensa; servicios de seguridad social obligatoria |

55 | 85 | Servicios de educación |

56 | 86 | Servicios de atención sanitaria |

57 | 87-88 | Servicios sociales de atención en establecimientos residenciales; servicios sociales sin alojamiento |

58 | 90-92 | Servicios de creación, artísticos y de espectáculos; servicios de bibliotecas, archivos, museos y otros servicios culturales; servicios de juegos de azar y apuestas |

59 | 93 | Servicios deportivos, recreativos y de entretenimiento |

60 | 94 | Servicios prestados por asociaciones |

61 | 95 | Servicios de reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico |

62 | 96 | Otros servicios personales |

63 | 97-98 | Servicios de los hogares como empleadores; bienes y servicios no diferenciados producidos por hogares privados para uso propio |

64 | 99 | Servicios de organizaciones y organismos extraterritoriales |

AN_F6: Desglose de activos fijos

Categoría de activo | Descripción |

AN.1111 | Viviendas |

AN.1112 | Otros edificios y construcciones |

AN.11131 | Material de transporte |

AN.11132 | Otra maquinaria y bienes de equipo |

AN.1114 | Activos cultivados |

AN.112 | Activos fijos inmateriales |

AN_F6†: Desglose de activos fijos

Categoría de activo | Descripción |

AN.1111 | Viviendas |

AN.1112 | Otros edificios y construcciones |

AN.11131 | Material de transporte |

AN.11132 | Otra maquinaria y bienes de equipo |

de los cuales: AN.111321 | Material ofimático y hardware |

de los cuales: AN.111322 | Equipos de radio, televisión y telecomunicaciones |

AN.1114 | Activos cultivados |

AN.112 | Activos fijos inmateriales |

de los cuales: AN.1122 | Programas informáticos" |

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 10/08/2010
  • Fecha de publicación: 11/08/2010
Referencias anteriores
Materias
  • Actividades económicas
  • Estadística
  • Nomenclatura
  • Oficina Estadística de las Comunidades Europeas
  • Sistema Europeo de Cuentas

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