1. En el anexo, página 11, categoría I, letra b):
en lugar de: «b) leche tratada térmicamente con chocolate, zumos de frutas ( 2 ) o aromatizada, que contenga al menos un 90 % en peso de la leche indicada en la letra a) y con un máximo de un 7 % de azúcar ( 3 ) y/o miel añadido;», léase: «b) leche tratada térmicamente con chocolate, zumos de frutas ( 2 ) o aromatizada, que contenga al menos un 90 % en peso de la leche indicada en la letra a) y un máximo de un 7 % de azúcar añadido ( 3 ) o miel añadida;».
2. En el anexo, página 11, categoría I, letra c):
en lugar de: «c) productos lácteos fermentados con o sin zumos de frutas ( 2 ), aromatizados o no, que contengan al menos un 90 % en peso de la leche indicada en letra a) y con un máximo de un 7 % de azúcar ( 3 ) y/o miel añadido;», léase: «c) productos lácteos fermentados con o sin zumos de frutas ( 2 ), aromatizados o no, que contengan al menos un 90 % en peso de la leche indicada en letra a) y un máximo de un 7 % de azúcar añadido ( 3 ) o miel añadida;».
3. En el anexo, página 11, categoría II:
en lugar de: «Productos lácteos fermentados o no, aromatizados o no, con frutas ( 4 ), que contengan al menos un 75 % en peso de la leche indicada en la categoría I, letra a), y con un máximo de un 7 % de azúcar añadido ( 5 ) y/o miel añadido.», léase: «Productos lácteos fermentados o no, aromatizados o no, con frutas ( 4 ), que contengan al menos un 75 % en peso de la leche indicada en la categoría I, letra a), y un máximo de un 7 % de azúcar añadido ( 5 ) o miel añadida.»
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