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Documento DOUE-L-2010-80543

Corrección de errores de la Directiva 2008/5/CE de la Comisión, de 30 de enero de 2008, relativa a la indicación en el etiquetado de determinados productos alimenticios de otras menciones obligatorias distintas de las previstas en la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 77, de 24 de marzo de 2010, páginas 59 a 59 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2010-80543

TEXTO ORIGINAL

En la página 14, en el anexo I, primera columna, octava fila:

en lugar de: «Bebidas que contengan ácido glicirricínico o su sal amónica por adición de la sustancia o sustancias en sí, o de la planta del regaliz Glyzyrrhiza glabra, con concentraciones superiores o iguales a 300 mg/l en el caso de las bebidas que contengan más del 1,2 % en volumen de alcohol ( 2 )»,

léase: «Bebidas que contengan ácido glicirricínico o su sal amónica por adición de la sustancia o sustancias en sí, o de la planta del regaliz Glyzyrrhiza glabra, con concentraciones superiores o iguales a 50 mg/l, o superiores o iguales a 300 mg/l en el caso de las bebidas que contengan más del 1,2 % en volumen de alcohol ( 2 )».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 24/03/2010
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Directiva 2008/5, de 30 de enero (Ref. DOUE-L-2008-80088).
Materias
  • Aditivos alimentarios
  • Consumidores y usuarios
  • Etiquetas
  • Información
  • Productos alimenticios

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