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Documento DOUE-L-2010-80532

Decisión de la Comisión, de 22 de marzo de 2010, por la que se modifica la Decisión 2002/840/CE en lo relativo a la lista de instalaciones de terceros países autorizadas para la irradiación de alimentos [notificada con el número C(2010) 1707].

Publicado en:
«DOUE» núm. 75, de 23 de marzo de 2010, páginas 33 a 34 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2010-80532

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 1999/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de febrero de 1999, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre alimentos e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes ( 1 ), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) Con arreglo a la Directiva 1999/2/CE, los productos alimenticios tratados con radiaciones ionizantes únicamente podrán importarse desde terceros países si han sido tratados en una instalación de irradiación autorizada por la Comunidad.

(2) Mediante la Decisión 2002/840/CE de la Comisión ( 2 ), se ha establecido una lista de las instalaciones autorizadas.

(3) La Comisión ha recibido una solicitud de autorización de tres instalaciones de irradiación en la India a través de las autoridades competentes de este país. Los expertos de la Comisión inspeccionaron las instalaciones de irradiación con objeto de comprobar si cumplían las disposiciones de la Directiva 1999/2/CE y, en especial, si un control oficial garantizaba que cumplían las disposiciones del artículo 7 de dicha Directiva.

(4) Las instalaciones de la India cumplían la mayoría de las disposiciones de la Directiva 1999/2/CE. Las autoridades indias competentes han abordado adecuadamente las deficiencias señaladas por la Comisión.

(5) Procede, por tanto, modificar la Decisión 2002/840/CE en consecuencia.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2002/840/CE se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 22 de marzo de 2010.

Por la Comisión

John DALLI

Miembro de la Comisión

______________

( 1 ) DO L 66 de 13.3.1999, p. 16.

( 2 ) DO L 287 de 25.10.2002, p. 40.

ANEXO

Las siguientes instalaciones se añadirán a la lista del anexo de la Decisión 2002/840/CE:

N o de referencia: EU-AIF 09-2010

Board of Radiation and Isotope Technology Department of Atomic Energy

BRIT/BARC Vashi Complex

Sector 20, Vashi

Navi Mumbai — 400 705 (Maharashtra)

India

Tel. +91 2227840000/+91 2227887000

Fax +91 2227840005

Correo electrónico: chief@britatom.gov.in; cebrit@vsnl.net

N o de referencia: EU-AIF 10-2010

Board of Radiation and Isotope Technology ISOMED

Bhabha Atomic Research Centre

South Site Gate, Refinery Road

Next to TATA Power Station, Trombay

Mumbai — 400 085 (Maharashtra)

India

Tel. +91 2225595684/+91 2225594751

Fax +91 2225505338

Correo electrónico: chief@britatom.gov.in; cebrit@vsnl.net

N o de referencia: EU-AIF 11-2010

Microtrol Sterilisation Services Pvt. Ltd

Plot No 14 Bommasandra- Jigani Link Road Industrial Area KIADB, Off Hosur Road

Hennagarra Post

Bengalooru — 562 106 (Karnataka)

India

Tel. +91 8110653932/+91 8110414030

Fax +91 8110414031

Correo electrónico: vikram@microtrol-india.com

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 22/03/2010
  • Fecha de publicación: 23/03/2010
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo de la Decisión 2002/840, de 22 de marzo (Ref. DOUE-L-2002-81859).
Materias
  • Importaciones
  • India
  • Instalaciones nucleares
  • Productos alimenticios
  • Radiaciones ionizantes

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