En el artículo 12, apartado 4, primera frase:
en lugar de: «El comité de control conjunto se reunirá tantas veces como sea necesario y, como mínimo, dos veces al año.», léase: «El comité de control conjunto se reunirá tantas veces como sea necesario y, como mínimo, una vez al año.».
En el artículo 28, apartado 2, letra b), primer guión:
en lugar de: «los importes afectados a la autoridad de gestión conjunta por la Comisión en concepto de contribución comunitaria y por los países participantes en concepto de cofinanciación, así como los demás ingresos del programa, si los hubiere;»,
léase: «los importes asignados a la autoridad de gestión conjunta por la Comisión en concepto de contribución comunitaria y por los países participantes en concepto de cofinanciación, así como los demás ingresos del programa, si los hubiere;».
En el artículo 35, párrafo segundo:
en lugar de: «No podrán considerarse parte de la cofinanciación de los países participantes en concepto del mínimo del 10 % que se menciona en el artículo 20, excepto las aportaciones no dinerarias iniciales de la autoridad de gestión conjunta mencionadas en el artículo 19, párrafo 3 del presente Reglamento. El coste del personal cedido por los países participantes a la asistencia técnica del programa no será considerado como una contribución no dineraria y por consiguiente no podrá ser considerado como una cofinanciación del presupuesto del programa.»,
léase: «No podrán considerarse parte de la cofinanciación de los países participantes en concepto del mínimo del 10 % que se menciona en el artículo 20, excepto las aportaciones no dinerarias iniciales de la autoridad de gestión conjunta mencionadas en el artículo 19, apartado 3, del presente Reglamento.
El coste del personal cedido por los países participantes a la asistencia técnica del programa no será considerado como una contribución no dineraria y no podrá ser considerado como una cofinanciación en el presupuesto del programa.».
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