LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 11 bis,
Vista la carta del Reino Unido al Consejo y a la Comisión de 15 de enero de 2009,
Considerando lo siguiente:
(1) El 18 de diciembre de 2008, el Consejo adoptó el Reglamento (CE) n o 4/2009 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos ( 1 ).
(2) Con arreglo al artículo 1 del Protocolo sobre la posición del Reino Unido y de Irlanda, anexo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Reino Unido no participó en la adopción del Reglamento (CE) n o 4/2009.
(3) De conformidad con el artículo 4 de dicho Protocolo, el Reino Unido notificó al Consejo y a la Comisión mediante carta de 15 de enero de 2009, recibida por la Comisión el 17 de enero de 2009, su intención de aceptar el Reglamento (CE) n o 4/2009.
(4) El 21 de abril de 2009, la Comisión transmitió un dictamen positivo al Consejo sobre la intención del Reino Unido de aceptar el Reglamento (CE) n o 4/2009.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El Reglamento (CE) n o 4/2009 se aplicará al Reino Unido de conformidad con el artículo 2.
Artículo 2
El Reglamento (CE) n o 4/2009 entrará en vigor en el Reino Unido el 1 de julio de 2009.
El artículo 2, apartado 2, el artículo 47, apartado 3, y los artículos 71, 72 y 73, del Reglamento se aplicarán a partir del 18 de septiembre de 2010.
Las restantes disposiciones del Reglamento se aplicarán a partir del 18 de junio de 2011, siempre que el Protocolo de La Haya de 2007 sobre la legislación aplicable a las obligaciones de alimentos sea aplicable en la Comunidad en esa fecha. En caso contrario, el Reglamento se aplicará a partir de la fecha en que dicho Protocolo sea aplicable en la Comunidad.
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 8 de junio de 2009.
Por la Comisión
Jacques BARROT
Vicepresidente
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( 1 ) DO L 7 de 10.1.2009, p. 1.
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