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Documento DOUE-L-2008-82454

Reglamento (CE) nº 1226/2008 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 314/2004 del Consejo, relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabwe.

Publicado en:
«DOUE» núm. 331, de 10 de diciembre de 2008, páginas 11 a 12 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2008-82454

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 314/2004 del Consejo, de 19 de febrero de 2004, relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabwe (1) y, en particular, su artículo 11, letra b),

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo III del Reglamento (CE) no 314/2004 figura la lista de las personas a las que afecta el bloqueo de todos los capitales y recursos económicos establecido en dicho Reglamento.

(2) La Decisión 2008/922/PESC del Consejo (2), modifica el anexo de la Posición Común 2004/161/PESC (3) añadiendo 11 personas y suprimiendo a una persona. Por lo tanto, el anexo III del Reglamento (CE) no 314/2004 debe modificarse en consecuencia.

(3) Con objeto de garantizar la efectividad de las medidas previstas en el presente Reglamento, éste debe entrar en vigor de forma inmediata.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo III del Reglamento (CE) no 314/2004 se modifica según lo establecido en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 8 de diciembre de 2008.

Por la Comisión

Eneko LANDÁBURU

Director General de Relaciones Exteriores

________________________________

(1) DO L 55 de 24.2.2004, p. 1.

(2) Véase la página 22 del presente Diario Oficial.

(3) DO L 50 de 20.2.2004, p. 66.

ANEXO

El anexo III del Reglamento (CE) no 314/2004 se modifica como sigue:

(1) Después del número 168 de la lista se añaden las siguientes personas físicas:

NOMBRE FUNCIÓN/MOTIVOS DE SU INCLUSIÓN EN LA LISTA

«173. Newton Kachepa

Diputado al Parlamento por Mudzi Norte, directamente implicado en la campaña de terror librada antes y después de las elecciones

174. Comandante Kairo Mhandu

Ejército nacional de Zimbabwe (ZNA), directamente implicado en la campaña de terror librada antes y después de las elecciones

175. General de Brigada Sibusio Bussie Moyo

Ejército nacional de Zimbabwe (ZNA), directamente implicado en la campaña de terror librada antes y después de las elecciones

176. General de Brigada Richard Ruwodo

Ascendido al rango de General de División el 12 de agosto de 2008 (retirado); ex Subsecretario Permanente en funciones del Ministerio de Defensa, directamente implicado en la campaña de terror librada antes y después de las elecciones

177. Misheck Nyawani

Directamente implicado en la campaña de terror librada antes y después de las elecciones

178. Columbus Mudonhi

Inspector Adjunto de policía de la República de Zimbabwe (ZRP), directamente implicado en la campaña de terror librada antes y después de las elecciones

179. Isaac Mumba

Superintendente, directamente implicado en la campaña de terror librada antes y después de las elecciones

180. Martin Kwainona

Comisario Adjunto, directamente implicado en la campaña de terror librada antes y después de las elecciones

181. Paul Mudzvova

Sargento, directamente implicado en la campaña de terror librada antes y después de las elecciones

182. Martin Dinha

Gobernador provincial de Mashonaland Central

183. Faber Chidarikire

Gobernador provincial de Mashonaland Occidental»

(2) Se suprime de la lista a la siguiente persona física:

«45. Makoni, Simbarashe

ZANU (PF) Secretario General Adjunto del Politburo para Asuntos Económicos (antiguo Ministro de Finanzas), nacido el 22.3.1950; miembro del Politburo y como tal estrechamente vinculado al Gobierno y a su política.»

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 08/12/2008
  • Fecha de publicación: 10/12/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 10/12/2008
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo III del Reglamento 314/2004, de 19 de febrero (Ref. DOUE-L-2004-80336).
  • DE CONFORMIDAD con la DECISION 2008/922, de 8 de diciembre (Ref. DOUE-L-2008-82458).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Zimbabwe

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