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Documento DOUE-L-2008-81147

Reglamento (CE) nº 599/2008 de la Comisión, de 24 de junio de 2008, que rectifica el Reglamento (CE) nº 412/2008 relativo a la apertura y modo de gestión de un contingente arancelario de importación de carne de vacuno congelada destinada a la transformación.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 164, de 25 de junio de 2008, páginas 16 a 18 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2008-81147

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1254/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno (1), y, en particular, su artículo 32, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) La cita del Reglamento (CE) no 382/2008 en el anexo II del Reglamento (CE) no 412/2008 de la Comisión (2) es consecuencia de un error.

(2) Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CE) no 412/2008 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El texto del anexo II del Reglamento (CE) no 412/2008 se sustituye por el que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 24 de junio de 2008.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión

______________

(1) DO L 160 de 26.6.1999, p. 21. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 98/2008 de la Comisión (DO L 29 de 2.2.2008, p. 5). El Reglamento (CE) no 1254/1999 será sustituido por el Reglamento (CE) no 1234/2007 (DO L 299 de 16.11.2007, p. 1) a partir del 1 de julio de 2008.

(2) DO L 125 de 9.5.2008, p. 7.

ANEXO

«ANEXO II

Indicaciones mencionadas en el artículo 9, apartado 3, letra c)

— En español: Certificado válido en … (Estado miembro expedidor) / carne destinada a la transformación … [productos A] [productos B] (táchese lo que no proceda) en … (designación exacta y número de registro del establecimiento en el que vaya a procederse a la transformación) / Reglamento (CE) no 412/2008

TEXTO OMITIDO EN LAS LENGUAS OFICIALES DE LA UNION EUROPEA.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 24/06/2008
  • Fecha de publicación: 25/06/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 25/06/2008
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 2020/760, de 17 de diciembre de 2019; (Ref. DOUE-L-2020-80900).
  • Fecha de derogación: 19/06/2020
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el anexo II del Reglamento 412/2008, de 8 de mayo (Ref. DOUE-L-2008-80858).
Materias
  • Carnes
  • Congelados
  • Contingentes arancelarios
  • Importaciones

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