EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 15,
Considerando lo siguiente:
(1) El 30 de marzo de 2004, el Consejo adoptó la Posición Común 2004/293/PESC (1) por la que se renuevan las medidas en apoyo de la aplicación efectiva del mandato del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY). Estas medidas volvieron a renovarse mediante la Posición Común 2007/150/PESC (2) y expirarán el 16 de marzo de 2008.
(2) El Consejo considera necesario renovar por otros 12 meses las medidas impuestas por la Posición Común 2004/293/PESC.
HA ADOPTADO LA PRESENTE POSICIÓN COMÚN:
Artículo 1
La Posición Común 2004/293/PESC se prorrogará hasta el 16 de marzo de 2009.
Artículo 2
La presente Posición Común surtirá efecto el día de su adopción.
Artículo 3
La presente Posición Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 13 de marzo de 2008.
Por el Consejo
El Presidente
D. RUPEL
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(1) DO L 94 de 31.3.2004, p. 65. Posición Común modificada en último lugar por la Posición Común 2007/521/PESC (DO L 192 de 24.7.2007, p. 30).
(2) DO L 66 de 6.3.2007, p. 21.
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