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Documento DOUE-L-2007-80586

Posición común 2007/248/PESC del Consejo, de 23 de abril de 2007, por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Birmania/Myanmar.

Publicado en:
«DOUE» núm. 107, de 25 de abril de 2007, páginas 8 a 24 (17 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2007-80586

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 15,

Considerando lo siguiente:

(1) El 27 de abril de 2006, el Consejo adoptó la Posición Común 2006/318/PESC por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Birmania/Myanmar (1). Dichas medidas sustituyeron a las anteriormente vigentes, las primeras de las cuales fueron adoptadas en 1996 (2).

(2) Dado que la situación en materia de derechos humanos en Birmania/Myanmar no mejora, como tampoco se realizan progresos visibles hacia un proceso de democratización que no excluya a ninguna de las partes, es conveniente prorrogar por un período adicional de doce meses las medidas restrictivas impuestas por la Posición Común 2006/318/PESC.

(3) Debe actualizarse la lista de personas sometidas a medidas restrictivas para tener en cuenta los cambios en el gobierno, las fuerzas de seguridad, la jerarquía del partido y la administración en Birmania/Myanmar, así como en la situación personal de las personas objeto de las medidas.

HA ADOPTADO LA PRESENTE POSICIÓN COMÚN:

Artículo 1

La Posición Común 2006/318/PESC queda prorrogada hasta el 30 de abril de 2008.

Artículo 2

El anexo I de la Posición Común 2006/318/PESC se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Posición Común.

Artículo 3

La presente Posición Común surtirá efecto el día de su adopción.

Artículo 4

La presente Posición Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 23 de abril de 2007.

Por el Consejo

El Presidente

F.-W. STEINMEIER

___________________

(1) DO L 116 de 29.4.2006, p. 77.

(2) Posición Común 96/635/PESC (DO L 287 de 8.11.1996, p. 1).

Posición Común cuya última modificación la constituye la Posición Común 2002/831/PESC (DO L 285 de 23.10.2002, p. 7).

ANEXO

«ANEXO I

Lista a que se refieren los artículos 4, 5 y 8

Notas:

1. Los alias u otras grafías del nombre se indican mediante (a).

A. CONSEJO DE ESTADO PARA LA PAZ Y EL DESARROLLO (SPDC)

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 9 A 11

B. JEFES DE REGIÓN

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 11 A 12

C. SUBJEFES DE REGIÓN

TABLA OMITIDA EN PÁGIANAS 12 A 13

D. MINISTROS

TABLA OMITIDA EN PÁGIANAS 13 A 16

E. SUBSECRETARIOS

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 16 A 17

F. OTROS CARGOS RELACIONADOS CON EL TURISMO

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 18

G. OFICIALES GENERALES (GRADO DE GENERAL DE BRIGADA O SUPERIOR)

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 18 A 22

H. OFICIALES MILITARES ENCARGADOS DE LAS PRISIONES Y DE LA POLICÍA

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 22

I. ASOCIACIÓN PARA LA UNIÓN, LA SOLIDARIDAD Y EL DESARROLLO (USDA) (Altos cargos de la USDA que no figuran en otro lugar de la lista)

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 22

J. PERSONAS QUE SE BENEFICIAN DE LAS MEDIDAS ECONÓMICAS DEL GOBIERNO

K. EMPRESAS DE PROPIEDAD MILITAR

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 24

ANÁLISIS

  • Rango: Otros
  • Fecha de disposición: 23/04/2007
  • Fecha de publicación: 25/04/2007
  • Efectos desde el 23 de abril de 2007.
Referencias anteriores
  • PRORROGA y SUSTITUYE el anexo I de la Posición Común 2006/318, de 27 de abril (Ref. DOUE-L-2006-80710).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Derechos Humanos
  • Exportaciones
  • Myanmar
  • Sanciones

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