EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 15,
Considerando lo siguiente:
(1) El 30 de marzo de 2004, el Consejo adoptó la Posición Común 2004/293/PESC por la que se renuevan las medidas en apoyo de la aplicación efectiva del mandato del Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia (1). Estas medidas se prorrogaron mediante la Posición Común 2005/227/PESC (2) y expirarán el 16 de marzo de 2006.
(2) El Consejo considera necesario prorrogar las medidas impuestas por la Posición Común 2004/293/PESC por un nuevo período de doce meses.
HA ADOPTADO LA PRESENTE POSICIÓN COMÚN:
Artículo 1
Se prorroga hasta el 16 de marzo de 2007 la Posición Común 2004/293/PESC.
Artículo 2
La presente Posición Común surtirá efecto el día de su adopción.
Artículo 3
La presente Posición Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 10 de marzo de 2006.
Por el Consejo
El Presidente
M. BARTENSTEIN
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(1) DO L 94 de 31.3.2004, p. 65. Posición Común modificada en último lugar por la Decisión 2005/83/PESC (DO L 29 de 2.2.2005, p. 50).
(2) DO L 71 de 17.3.2005, p. 74.
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