En la página 22, en el artículo 23, en el apartado 3, en la letra b):
en lugar de: «a los contratos de servicios, siempre que como mínimo el 80 % del promedio del volumen de negocios que la empresa asociada haya efectuado en los últimos tres años en materia de suministros provenga de la prestación de estos suministros a las empresas con las que esté asociada;»,
léase: «a los contratos de suministro, siempre que como mínimo el 80 % del promedio del volumen de negocios que la empresa asociada haya efectuado en los últimos tres años en materia de suministros provenga de la prestación de estos suministros a las empresas con las que esté asociada;».
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