Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 595/2004 de la Comisión, de 30 de marzo de 2004, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1788/2003 del Consejo por el que se establece una tasa en el sector de la leche y de los productos lácteos
(Diario Oficial de la Unión Europea L 94 de 31 de marzo de 2004)
En la página 26, en el artículo 15, en el apartado 3:
en lugar de: «3. Los Estados miembros declararán cada año, a más tardar en septiembre, a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) los importes derivados de la aplicación del artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1788/2003 junto con el gasto declarado.»,
léase: «3. Cada año, a más tardar en la declaración del gasto relativo al mes de septiembre, los Estados miembros declararán a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) los importes derivados de la aplicación del artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1788/2003.».
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