LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) n° 2580/2001 del Consejo, de 27 de diciembre de 2001, sobre medidas restrictivas específicas dirigidas contra ciertas personas y entidades con objeto de combatir el terrorismo (1) y, en particular, su artículo 7,
Considerando lo siguiente:
(1) En el anexo del Reglamento (CE) n° 2580/2001 figura la lista de las autoridades competentes a las que deberá enviarse cualquier información o solicitud relativa a las medidas impuestas por dicho Reglamento.
(2) Los Países Bajos y el Reino Unido han solicitado que se modifiquen los detalles relativos a sus respectivas autoridades competentes y además, como resultado de cambios de personal es necesario modificar la dirección de la Comisión.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo del Reglamento (CE) n° 2580/2001 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 28 de abril de 2003.
Por la Comisión
Christopher Patten
Miembro de la Comisión
___________
(1) DO L 344 de 28.12.2001, p. 70.
ANEXO
El anexo del Reglamento (CE) n° 2580/2001 se modificará como sigue:
1. En el epígrafe "Países Bajos", los detalles relativos a la dirección se sustituirán por los siguientes:
<<Ministerie van Financiën
Directie Financiële Markten, afdeling Integriteit
Postbus 20201
2500 EE Den Haag Nederland
Tel.: (31-70) 342 89 97
Fax: (31-70) 342 79 18 >>.
2. En el epígrafe <<Reino Unido>> los detalles relativos a la dirección se sustituirá por los siguientes:
<< HM Treasury
International Financial Services Team
1, Horse Guards Road
London
SW1A 2HQ
Reino Unido
Tel.: (44-207) 270 55 50
Fax: (44-207) 270 43 65
Bank of England
Financial Sanctions Unit
Threadneedle Street
London
EC2R 8AH
Reino Unido
Tel.: (44-207) 601 46 07
Fax: (44-207) 601 43 09 >>.
3. En el epígrafe <<Comunidad Europea >>, los detalles relativos a la dirección se sustituirán por los siguientes:
<< Comisión de las Comunidades Europeas
Dirección General de Relaciones Exteriores
Dirección PESC
Unidad A.2: Asuntos jurídicos e institucionales de las relaciones exteriores - Sanciones
CHAR 12/163
B - 1049 Bruxelles/Brussel
Tel.: (32-2) 295 81 48, 296 25 56
Fax: (32-2) 296 75 63
E-mail: relex-sanctions@cec.eu.int >>.
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