LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) n° 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 509/2002 (2), y, en particular, su artículo 10,
Considerando lo siguiente:
(1) En virtud del artículo 26 del Reglamento (CE) n° 2799/1999 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1932/2002 (4), los organismos de intervención abrieron una licitación permanente para la venta de leche desnatada en polvo que hubiera entrado a formar parte de las existencias antes del 1 de abril de 2002.
(2) Habida cuenta de la cantidad que queda disponible y de la situación del mercado, es conveniente sustituir dicha fecha por la del 1 de mayo de 2002.
(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En el apartado 2 del artículo 26 del Reglamento (CE) n° 2799/1999, la fecha de "1 de abril de 2002" se sustituirá por la de "1 de mayo de 2002".
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 17 de diciembre de 2002.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 16 de diciembre de 2002.
Por la Comisión
Franz Fischler
Miembro de la Comisión
(1) DO L 160 de 26.6.1999, p. 48.
(2) DO L 79 de 22.3.2002, p. 15.
(3) DO L 340 de 31.12.1999, p. 3.
(4) DO L 295 de 30.10.2002, p. 8.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid