LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) n° 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 509/2002 (2) y, en particular, su artículo 10,
Considerando lo siguiente:
(1) En virtud del artículo 26 del Reglamento (CE) n° 2799/1999 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 778/2002(4), los organismos de intervención abrieron una licitación permanente para la venta de leche desnatada en polvo que hubiera entrado a formar parte de las existencias antes del 1 de octubre de 1999.
(2) Habida cuenta de la cantidad que queda disponible y de la situación del mercado, es conveniente sustituir dicha fecha por la del 1 de abril de 2002.
(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En el apartado 2 del artículo 26 del Reglamento (CE) n° 2799/1999, la fecha de "1 de octubre de 1999" se sustituirá por la de "1 de abril de 2002".
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 30 de octubre de 2002.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 29 de octubre de 2002.
Por la Comisión
Franz Fischler
Miembro de la Comisión
______________
(1) DO L 160 de 26.6.1999, p. 48.
(2) DO L 79 de 22.3.2002, p. 15.
(3) DO L 340 de 31.12.1999, p. 3.
(4) DO L 123 de 9.5.2002, p. 30.
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