LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) n° 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 509/2002 de la Comisión (2), y, en particular, su artículo 10,
Considerando lo siguiente:
(1) La versión sueca del Reglamento (CE) n° 214/2001 de la Comisión (3) difiere de los textos en las demás lenguas comunitarias oficiales, por lo que deben realizarse las rectificaciones necesarias en dicha versión lingüística.
(2) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Se rectifica el punto 2 del anexo II del Reglamento (CE) n° 214/2001.
Esta rectificación sólo afecta a la versión sueca del Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 28 de agosto de 2002.
Por la Comisión
Franz Fischler
Miembro de la Comisión
_____________
(1) DO L 160 de 26.6.1999, p. 48.
(2) DO L 79 de 22.3.2002, p. 15.
(3) DO L 37 de 7.2.2001, p. 100.
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