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Documento DOUE-L-2002-81303

Decisión de la Comisión, de 11 de julio de 2002, sobre la aplicación de la Decisión 1999/297/CE del Consejo relativa a la creación de una infraestructura de información estadística comunitaria sobre la industria y los mercados de los sectores audiovisuales y afines [notificada con el número C(2002) 2580].

Publicado en:
«DOCE» núm. 192, de 20 de julio de 2002, páginas 54 a 56 (3 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2002-81303

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 1999/297/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa a la creación de una infraestructura de información estadística comunitaria sobre la industria y los mercados de los sectores audiovisuales y afines (1), y, en particular, sus artículos 2 y 3,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 1999/297/CE determinó las acciones estadísticas específicas necesarias para crear una infraestructura de información estadística comunitaria relativa a la industria y a los mercados de los sectores audiovisuales y afines.

(2) La Decisión 1999/841/CE de la Comisión (2) adoptó un primer conjunto de 14 medidas para la aplicación de acciones estadísticas específicas.

(3) Es necesario adoptar nuevos conjuntos de medidas para la aplicación de acciones estadísticas específicas.

(4) Las medidas previstas por la presente Decisión se ajustan al dictamen emitido por el Comité del programa estadístico.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Las medidas para la aplicación de acciones estadísticas específicas que se mencionan en el artículo 2 de la Decisión 1999/297/CE se detallan en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 11 de julio de 2002.

Por la Comisión

Pedro Solbes Mira

Miembro de la Comisión

_______________

(1) DO L 117 de 5.5.1999, p. 39.

(2) DO L 326 de 18.12.1999, p. 65.

ANEXO

A. Medidas para la aplicación de las acciones que emprenderán las autoridades nacionales

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 55

B. Medidas para la aplicación de las acciones que emprenderá Eurostat

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 55 Y 56

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 11/07/2002
  • Fecha de publicación: 20/07/2002
Referencias anteriores
Materias
  • Estadística
  • Industria audiovisual

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