Está Vd. en

Documento DOUE-L-2002-80696

Reglamento (CE) nº 693/2002 de la Comisión, de 23 de abril de 2002, que modifica el Reglamento (CE) nº 1430/2001 relativo a una licitación permanente correspondiente a la campaña de comercialización 2001/02 para determinar las exacciones y las restituciones por exportación del azúcar blanco.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 107, de 24 de abril de 2002, páginas 5 a 5 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2002-80696

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (1), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 22, los apartados 5 y 15 de su artículo 27 y el apartado 3 de su artículo 33,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 4 del Reglamento (CE) n° 1430/2001 de la Comisión, de 13 de julio de 2001, relativo a una licitación permanente correspondiente a la campaña de comercialización 2001/02 para determinar las exacciones y las restituciones por exportación del azúcar blanco (2), prevé licitaciones semanales todos los jueves y en su apartado 4 enumera los jueves en los que no tendrán lugar las licitaciones. Dado que el 1 de mayo es un día festivo en la mayoría de los Estados miembros y por razones administrativas y de buena gestión, la licitación del jueves 2 de mayo de 2002 no tendrá lugar. Por lo tanto, resulta conveniente modificar el apartado 4 del artículo 4 de dicho Reglamento.

(2) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del azúcar.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1. En el apartado 4 del artículo 4 del Reglamento (CE) n° 1430/2001 se añadirá la fecha del 2 de mayo de 2002.

2. Los Estados miembros modificarán los anuncios de licitaciones en consecuencia.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 23 de abril de 2002.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro de la Comisión

________________

(1) DO L 178 de 30.6.2001, p. 1.

(2) DO L 192 de 14.7.2001, p. 3.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 23/04/2002
  • Fecha de publicación: 24/04/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 25/04/2002
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 4.4 del Reglamento 1430/2001, de 13 de julio (Ref. DOUE-L-2001-81779).
Materias
  • Azúcar
  • Certificaciones
  • Comercialización
  • Exacciones a la exportación
  • Restituciones a la exportación

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid