LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) n° 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (1), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 22, los apartados 5 y 15 de su artículo 27 y el apartado 3 de su artículo 33,
Considerando lo siguiente:
(1) El artículo 4 del Reglamento (CE) n° 1430/2001 de la Comisión, de 13 de julio de 2001, relativo a una licitación permanente correspondiente a la campaña de comercialización 2001/02 para determinar las exacciones y las restituciones por exportación del azúcar blanco (2), prevé licitaciones semanales todos los jueves y en su apartado 4 enumera los jueves en los que no tendrán lugar las licitaciones. Dado que el 1 de mayo es un día festivo en la mayoría de los Estados miembros y por razones administrativas y de buena gestión, la licitación del jueves 2 de mayo de 2002 no tendrá lugar. Por lo tanto, resulta conveniente modificar el apartado 4 del artículo 4 de dicho Reglamento.
(2) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del azúcar.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
1. En el apartado 4 del artículo 4 del Reglamento (CE) n° 1430/2001 se añadirá la fecha del 2 de mayo de 2002.
2. Los Estados miembros modificarán los anuncios de licitaciones en consecuencia.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 23 de abril de 2002.
Por la Comisión
Franz Fischler
Miembro de la Comisión
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(1) DO L 178 de 30.6.2001, p. 1.
(2) DO L 192 de 14.7.2001, p. 3.
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