En la página 3, en el artículo 3, en el apartado 1:
en lugar de: "Comité ejecutivo",
léase: "Comité Ejecutivo".
En las páginas 5 y 6:
sustitúyase el texto del punto 5 por el siguiente:
"A efectos de definir la sustituibilidad de los depósitos mencionada en el párrafo precedente:
- la "transferibilidad" se refiere a la posibilidad de movilizar fondos colocados en un instrumento financiero mediante instrumentos de pago, como cheques, transferencias, adeudos directos o medios similares,
- la "convertibilidad" se refiere a la posibilidad y el coste de convertir los instrumentos financieros en moneda o depósitos transferibles; la pérdida de ventajas fiscales que implica dicha conversión puede considerarse una especie de penalización que reduce el grado de liquidez,
- la "certeza" significa saber exactamente con antelación el valor capitalizado de un instrumento financiero en la moneda nacional, y
- los valores cotizados y negociados regularmente en un mercado organizado se consideran "negociables". Para las participaciones en instituciones de inversión colectiva de capital variable no existe un mercado en el sentido convencional. Sin embargo, los inversionistas conocen cada día el valor de sus participaciones y pueden retirar fondos a este precio.".
En la página 8, en los puntos 9 y 10:
en lugar de: "ánimo",
léase: "fines".
Las páginas 13 a 24 se sustituirán por el texto siguiente:
SEGUNDA PARTE
Detalles exigidos
Cuadro A
Detalle del balance agregado del sector de las IFM por instrumentos, vencimientos, contrapartidas y monedas
(Los detalles de los datos mensuales se indican en negrita con asterisco)
CATEGORÍAS DE INSTRUMENTOS Y VENCIMIENTOS
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 35
CONTRAPARTIDAS
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 36
Monedas
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 37
Cuadro 1
Saldos
TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 38, 39 Y 40
Cuadro 2
Detalle por sectores
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 41
Cuadro 3
Detalle por países
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 42
Cuadro 4
Detalle por monedas
TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 43 Y 44
Cuadro 1A
Ajuste de revalorización
TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 45 y 46
La página 39 se sustituirá por el texto siguiente:
Cuadro
Datos que deben facilitar las entidades de crédito de tamaño reducido con carácter trimestral en relación con las exigencias de reservas mínimas
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 47
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid