LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 1600/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, sobre medidas específicas en favor de las Azores y Madeira relativas a determinados productos agrarios (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2826/2000 (2), y, en particular, su artículo 10,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CEE) n° 1696/92 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) n° 2596/93 (4), establece las disposiciones de aplicación del régimen de abastecimiento específico de determinados productos agrícolas a las Azores y Madeira.
(2) El Reglamento (CEE) n° 2219/92 de la Comisión (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1192/2001 (6) establece las disposiciones de aplicación del régimen específico para el abastecimiento de productos lácteos a Madeira y fija para el período comprendido entre el 1 de julio de 2000 y el 30 de junio de 2001 el plan de previsiones de abastecimiento.
(3) A la espera de la entrada en vigor de la reforma del régimen específico de abastecimiento, y con el fin de no interrumpir la aplicación del régimen específico de abastecimiento vigente, debe establecerse el plan de previsiones para el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2001.
(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (CEE) n° 2219/92 se sustituirá por el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Será aplicable a partir del 1 de julio de 2001.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 28 de junio de 2001.
Por la Comisión
Franz Fischler
Miembro de la Comisión
_______________________
(1) DO L 173 de 27.6.1992, p. 1.
(2) DO L 328 de 23.12.2000, p. 2.
(3) DO L 179 de 1.7.1992, p. 6.
(4) DO L 238 de 23.9.1993, p. 24.
(5) DO L 218 de 1.8.1992, p. 75.
(6) DO L 162 de 19.6.2001, p. 5.
ANEXO
"ANEXO I
Plan de previsiones de abastecimiento de productos lácteos a Madeira para el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2001
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 7
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