LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Decisión 95/408/CE del Consejo, de 22 de junio de 1995, relativa a las condiciones de elaboración, durante un período transitorio, de las listas provisionales de los establecimientos de terceros países de los que los Estados miembros están autorizados para importar determinados productos de origen animal, productos de la pesca y moluscos bivalvos vivos (1), modificada por la Decisión 2001/4/CE (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 2,
Considerando lo siguiente:
(1) La Decisión 97/4/CE de la Comisión (3) establece las listas provisionales de establecimientos de terceros países de los que los Estados miembros pueden autorizar las importaciones de carne fresca de aves de corral.
(2) La Decisión 94/984/CE de la Comisión, de 20 de diciembre de 1994, por la que se establecen las condiciones sanitarias y la certificación veterinaria para la importación de carne fresca de aves de corral procedente de determinados terceros países (4), modificada por la Decisión 2000/352/CE (5), incluye a la República Popular China en su anexo I, que contiene la lista de terceros países o partes de terceros países autorizados para utilizar los certificados que se establecen en su anexo II.
(3) En virtud de la Decisión 94/984/CE se autoriza a la República Popular China para utilizar el modelo B de certificado, si bien únicamente en el municipio de Shanghai, excluido el condado de Chongming, y en los distritos de Weifang, Linyi y Qindao, en la provincia de Shandong.
(4) La "State Administration of Entry-Exit Inspection and Quarantine" (CIQ-SA) es la autoridad de la República Popular China responsable de expedir los certificados para la carne fresca de aves de corral.
(5) La República Popular China ha remitido una lista de establecimientos dedicados a la producción de carne fresca de aves de corral, sitos en las regiones antes mencionadas, que, según han certificado las autoridades responsables, se ajustan a la normativa comunitaria.
(6) En aplicación de las correspondientes disposiciones de la Comunidad, la Oficina Alimentaria y Veterinaria realizó diversas inspecciones que permitieron comprobar que los establecimientos propuestos por la Répública Popular China cumplen la normativa comunitaria en la materia.
(7) Por consiguiente, en lo que se refiere a la República Popular China puede elaborarse una lista provisional de establecimientos dedicados a la producción de carne fresca de aves de corral, de conformidad con el procedimiento establecido en la Decisión 95/408/CE con respecto a determinados países.
(8) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El texto del anexo de la presente Decisión se añadirá al anexo de la Decisión 97/4/CE.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Artículo 3
La presente Decisión se aplicará con efecto desde el 24 de mayo de 2001.
Hecho en Bruselas, el 17 de mayo de 2001.
Por la Comisión
David Byrne
Miembro de la Comisión
_____________________
(1) DO L 243 de 11.10.1995, p. 17.
(2) DO L 2 de 5.1.2001, p. 21.
(3) DO L 236 de 27.8.1997, p. 20.
(4) DO L 378 de 31.12.1994, p. 11.
(5) DO L 124 de 25.5.2000, p. 64.
ANEXO
"ANEXO - BILAG - ANHANG - TEXTO EN GRIEGO - ANNEX - ANNEXE - ALLEGATO - BIJLAGE - ANEXO - LIITE - BILAGA
País: CHINA - Land: KINA - Land: CHINA - TEXTO EN GRIEGO - Country: CHINA - Pays: CHINE - Paese: CINA - Land: CHINA - País: CHINA - Maa: KIINA - Land: KINA
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 71
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