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Documento DOUE-L-2000-82100

Reglamento (CE) nº 2425/2000 de la Comisión, de 31 de octubre de 2000, que modifica el sector 15 del anexo I del Reglamento (CEE) nº 3846/87 por el que se establece la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones a la exportación.

Publicado en:
«DOCE» núm. 279, de 1 de noviembre de 2000, páginas 14 a 18 (5 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2000-82100

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1493/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1622/2000 (2), y, en particular, el apartado 8 de su artículo 63,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CEE) n° 3846/87 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1000/2000 (4), establece, sobre la base de la nomenclatura combinada, la nomenclatura de los productos agrarios a efectos de las restituciones por exportación.

(2) El Reglamento (CE) n° 1493/1999 anuló la definición de los diferentes tipos de vino de mesa. En la última versión publicada de la nomenclatura de los productos del sector vitivinícola para las restituciones por exportación, las denominaciones de las mercancías todavía hacen referencia a definiciones de tipos de vino de mesa que ya no existen. Por lo tanto, es necesario actualizar dicha nomenclatura.

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El sector 15 del anexo I del Reglamento (CEE) n° 3846/87 se sustituirá por el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 16 de noviembre de 2000.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 31 de octubre de 2000.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro de la Comisión

___________________

(1) DO L 179 de 14.7.1999, p. 1.

(2) DO L 194 de 31.7.2000, p. 1.

(3) DO L 366 de 24.12.1987, p. 1.

(4) DO L 114 de 13.5.2000, p. 10.

ANEXO

"15. Vinos

TABLA OMITIDA

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 31/10/2000
  • Fecha de publicación: 01/11/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 08/11/2000
  • Aplicable desde el 16 de noviembre de 2000.
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el sector 15 del anexo I del Reglamento 3846/87, de 17 de diciembre (Ref. DOUE-L-1987-81579).
Materias
  • Mosto
  • Nomenclatura
  • Restituciones a la exportación
  • Vinos
  • Zumos de frutas

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