LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 1251/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece un régimen de apoyo a los productores de determinados cultivos herbáceos (1), modificado por el Reglamento (CE) n° 2704/1999 (2) y, en particular, su artículo 9,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CE) n° 2316/1999 de la Comisión (3) fija las superficies básicas regionales aplicables en el contexto del régimen de apoyo a los productores de determinados cultivos herbáceos.
(2) Al amparo del Reglamento (CE) n° 1017/94 del Consejo, de 26 de abril de 1994, relativo a la reconversión de tierras actualmente dedicadas a cutlivos herbáceos hacia producción extensiva de ganado en Portugal (4), modificado por el Reglamento (CE) n° 1461/95 (5), se han presentado solicitudes de reconversión que totalizan 6884 hectáreas, por lo que conviene adaptar con arreglo a ello la superficie básica.
(3) A instancias de los Países Bajos, procede fijar nuevas superficies básicas ajustadas al plan del regionalización de este Estado miembro, aunque sin modificar la superficie básica total.
(4) Por consiguiente, es preciso modificar el Reglamento (CE) n° 2316/1999.
(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Las superficies básicas que figuran en las rúbricas de "Portugal" y "Países Bajos" del anexo VI del Reglamento (CE) n° 2316/1999 se sustituirán por las del anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 3 de julio de 2000.
Por la Comisión
Franz Fischler
Miembro de la Comisión
____________________
(1) DO L 160 de 26.6.1999, p. 1.
(2) DO L 327 de 21.12.1999, p. 12.
(3) DO L 280 de 30.10.1999, p. 43.
(4) DO L 112 de 3.5.1994, p. 2.
(5) DO L 144 de 28.6.1995, p. 4.
ANEXO
(miles de hectáreas)
Región ............................... Todos los cultivos ........... Maíz
PAÍSES BAJOS
Región I ............................ 226,5 ................................ 44,4
Región II ........................... 210,0 ............................... 163,9
PORTUGAL
Azores ............................... 9,7
Madeira
- Regadío ........................... 0,31 ................................... 0,29
- Otras ................................ 0,30
Continental
- Regadío ........................... 293,4 ................................. 221,4
- Otras ................................ 711,1
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