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Documento DOUE-L-2000-81038

Reglamento (CE) nº 1310/2000 de la Comisión, de 20 de junio de 2000, por el que se modifican los anexos del Reglamento (CE) nº 2820/98 del Consejo relativo a la aplicación de un plan plurianual de preferencias arancelarias generalizadas durante el período comprendido entre el 1 de julio de 1999 y el 31 de diciembre de 2001.

Publicado en:
«DOCE» núm. 148, de 22 de junio de 2000, páginas 28 a 30 (3 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2000-81038

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 2820/98 del Consejo, de 21 de diciembre de 1998, relativo a la aplicación de un plan plurianual de preferencias arancelarias generalizadas durante el período comprendido entre el 1 de julio de 1999 y el 31 de diciembre de 2001 (1), modificado por el Reglamento (CE) n° 1763/1999 (2) y, en particular, el apartado 5 de su artículo 29 y su artículo 32,

Considerando lo siguiente:

(1) El apartado 5 del artículo 29 del Reglamento (CE) n° 2820/98 establece el procedimiento para efectuar las adaptaciones de los anexos I, II, VII y VIII, necesarias debido a las modificaciones introducidas en la nomenclatura combinada; que el Reglamento (CE) n° 2204/1999 de la Comisión, de 12 de octubre de 1999, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n° 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (3) incorpora nuevos elementos que afectan a las listas de los anexos I, II, VII y VIII del Reglamento (CE) n° 2820/98; que resulta, por tanto, conveniente adaptar dichos anexos adecuadamente, y esto a partir del 1 de enero de 2000.

(2) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de las preferencias generalizadas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los anexos I, II, VII y VIII del Reglamento (CE) n° 2820/98 se adaptarán de acuerdo con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas y será aplicable a partir del 1 de enero de 2000.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de junio de 2000.

Por la Comisión

Pascal Lamy

Miembro de la Comisión

_____________________

(1) DO L 357 de 30.12.1998, p. 1.

(2) DO L 211 de 11.8.1999, p. 1.

(3) DO L 278 de 28.10.1999, p. 1.

ANEXO

El Reglamento (CE) n° 2820/98 quedará modificado como sigue:

En la página 15, en el anexo I, en la parte 1, en la primera columna, "Código NC":

en lugar de: "0701 90 51",

léase: "ex 0701 90 50".

En la página 17, en el anexo I, en la parte 1, en la primera columna, "Código NC":

en lugar de: "0806 10 93, 0806 10 95, 0806 10 97",

léase: "0806 10 90".

En la página 18, en el anexo I, en la parte 1, en la primera columna, "Código NC":

en lugar de: "0810 10 05, 0810 10 80",

léase: "ex 0810 10 00".

En la página 30, en el anexo I, en la parte 2, en la primera columna, "Código NC":

en lugar de: "ex 0304 20 96",

léase: "ex 0304 20 95".

En la página 32, en el anexo I, en la parte 2, en la primera columna, "Código NC":

en lugar de: "0701 90 59",

léase: "ex 0701 90 50".

En la página 33, en el anexo I, en la parte 2, en la primera columna, "Código NC":

en lugar de: "0804 40 90",

léase: "ex 0804 40 00".

En la página 43, en el anexo I, en la parte 2, en la primera columna, "Código NC":

en lugar de: "3907 60 00",

léase: "3907 60".

En la página 44, en el anexo I, en la parte 2, en la primera columna, "Código NC":

en lugar de: "4420 90 11, 4420 90 19",

léase: "4420 90 10".

En la página 49, en el anexo I, en la parte 3, en la primera columna, "Código NC":

en lugar de: "0303 79 60, 0303 79 62",

léase: "ex 0303 79 58";

en lugar de: "0303 79 96",

léase: "0303 79 88, 0303 79 99".

En la página 52, en el anexo I, en la parte 3, en la primera columna, "Código NC":

en lugar de: "0603 10 15",

léase: "ex 0603 10 30";

en lugar de: "0804 40 20, 0804 40 95",

léase: "ex 0804 40 00";

en lugar de: "0805 40",

léase: "0805 40 00".

En la página 75, en el anexo II, en la tercera columna:

en la lista que comienza con Brasil se suprimirá Albania (2).

En la página 96, en el anexo VII, en la parte 4, en la primera columna, "Código NC":

en lugar de: "0804 40",

léase: "0804 40 00".

En la página 97, en el anexo VII, en la parte 4, en la primera columna, "Código NC":

en lugar de: "0805 40",

léase: "0805 40 00";

en lugar de: "0810 50",

léase: "0810 50 00".

En la página 108, en el anexo VIII, en la primera columna, "Código NC":

en lugar de: "4407 24 10",

léase: "4407 24 15".

En la página 109, en el anexo VIII, en la primera columna, "Código NC":

se suprimirán: "4407 24 50" y la descripción correspondiente;

en lugar de: "4407 25 31, 4407 25 39",

léase: "4407 25 30";

se suprimirán las descripciones correspondientes;

en lugar de: "4407 26 31, 4407 26 39",

léase: "4407 26 30";

se suprimirán las descripciones correspondientes;

en lugar de: "4407 29 10",

léase: "4407 29 05";

se suprimirán: "4407 29 70" y la descripción correspondiente.

En la página 110, en el anexo VIII, en la primera columna, "Código NC":

en lugar de: "4408 39 11",

léase: "4408 39 15";

se suprimirán: "4408 39 25" y la descripción correspondiente;

en lugar de: "4408 39 51",

léase: "4408 39 55";

se suprimirán: "4408 39 61, 4408 39 65" y las descripciones correspondientes;

en lugar de: "4408 39 81, 4408 39 89",

léase: "4408 39 80".

En la página 111, en el anexo VIII, en la primera columna, "Código NC":

en lugar de: "4408 39 91, 4408 39 99",

léase: "4408 39 90";

en lugar de: "4420 90 11",

léase: "ex 4420 90 10".

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 20/06/2000
  • Fecha de publicación: 22/06/2000
  • Aplicable desde el 1 de enero de 2000.
Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos I, II, VII y VIII del Reglamento 2820/98, de 21 de diciembre (Ref. DOUE-L-1998-82346).
Materias
  • Arancel Aduanero Común
  • Nomenclatura

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