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Documento DOUE-L-1999-81131

Reglamento (CE) nº 1323/1999 de la Comisión, de 23 de junio de 1999, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1474/95 por el que se abren contingentes arancelarios en el sector de los huevos y la ovoalbúmina y se establece su método de gestión.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 157, de 24 de junio de 1999, páginas 29 a 30 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1999-81131

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1095/96 del Consejo, de 18 de junio de 1996, relativo a la aplicación de las concesiones que figuran en la lista CXL elaborada a raíz de la conclusión de las negociaciones enmarcadas en el apartado 6 del artículo XXIV del GATT (1) y, en particular, su artículo 1,

(1) Considerando que, en el marco de la Organización Mundial del Comercio, la Comunidad se ha comprometido a abrir contingentes arancelarios para determinados productos en el sector de los huevos y la ovoalbúmina; que conviene por lo tanto establecer las normas de aplicación para estos contingentes para el período comprendido entre el 1 de julio de 1999 y el 30 de junio de 2000;

(2) Considerando que en el Reglamento (CE) n° 1474/95 de la Comisión (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1371/98 (3), se ha previsto la gestión de estos contingentes para el período comprendido entre el 1 de julio de 1998 y el 30 de junio de 1999; que es conveniente prever la gestión de los mismos para el período comprendido entre el 1 de julio de 1999 y el 30 de junio de 2000;

(3) Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne y de los huevos de aves de corral,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CE) n° 1474/95 quedará modificado como sigue:

1) el artículo 1 se sustituirá por el texto siguiente:

"Artículo 1

Quedan abiertos, para el período comprendido entre el 1 de julio de 1999 y el 30 de junio de 2000, los contingentes arancelarios de importación que figuran en el anexo I para los grupos de productos y en las condiciones en él establecidas.; "

2) el anexo I se sustituirá por el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de julio de 1999.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 23 de junio de 1999.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

_______________________

(1) DO L 146 de 20.6.1996, p. 1.

(2) DO L 145 de 29.6.1995, p. 19.

(3) DO L 185 de 30.6.1998, p. 17.

ANEXO

"ANEXO I

TABLA OMITIDA

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 23/06/1999
  • Fecha de publicación: 24/06/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 01/07/1999
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 593/2004, de 30 de marzo (Ref. DOUE-L-2004-80585).
  • Fecha de derogación: 20/04/2004
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 1 y el anexo I del Reglamento 1474/95, de 28 de junio (Ref. DOUE-L-1995-80802).
Materias
  • Contingentes arancelarios
  • Huevos
  • Importaciones

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