LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 3846/87 de la Comisión, de 17 de diciembre de 1987, por el que se establece la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones a la exportación (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2580/98 (2), y, en particular, el último párrafo de su artículo 3,
Considerando que el Reglamento (CEE) n° 3846/87 dispone que la nomenclatura de las restituciones, vigente el 1 de enero de cada año, se publique en su versión completa y en la forma que resulte de las disposiciones establecidas por los Reglamentos relativos a los regímenes de exportación de los productos agrarios (3);
Considerando que es indispensable tener en cuenta las modificaciones de la nomenclatura combinada introducidas por el Reglamento (CE) n° 2261/98 de la Comisión, de 26 de octubre de 1998, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n° 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (4), aplicable a partir del 1 de enero de 1999,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Se sustituye el anexo del Reglamento (CEE) n° 3846/87 por el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1999.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 16 de diciembre de 1998.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
___________________
(1) DO L 366 de 24.12.1987, p. 1.
(2) DO L 322 de 1.12.1998, p. 31.
(3) Se recogen en el anexo del presente Reglamento las modificaciones resultantes de la adopción de las medidas siguientes:
- Reglamento (CE) n° 707/98 de la Comisión de 30 de marzo de 1998 (DO L 98 de 31.3.1998, p. 11),
- Reglamento (CE) n° 1353/98 de la Comisión de 26 de junio de 1998 (DO L 184 de 27.6.1998, p. 29),
- Reglamento (CE) n° 2138/98 de la Comisión de 6 de octubre de 1998 (DO L 270 de 7.10.1998, p. 4),
- Reglamento (CE) n° 2512/98 de la Comisión de 20 de noviembre de 1998 (DO L 313 de 21.11.1998, p. 15).
(4) DO L 292 de 30.10.1998, p. 1.
ANEXO
NOMENCLATURA DE LOS PRODUCTOS AGRARIOS PARA LAS RESTITUCIONES A LA EXPORTACION
CONTENIDO
Sector ..... Página
1. Cereales, harina y grañones y sémolas de trigo o de centeno ..... 5
2. Arroz y arroz partido ..... 6
3. Productos transformados a base de cereales y de arroz ...... 8
4. Alimentos compuestos a base de cereales para la alimentación de los animales ..... 13
5. Carne bovina ..... 14
6. Carne de cerdo ..... 19
7. Carne de aves de corral ..... 23
8. Huevos ..... 25
9. Leche y productos lácteos ..... 26
10. Frutas y hortalizas ...... 41
11. Productos transformados a base de frutas y hortalizas ..... 43
12. Aceite de oliva ..... 45
13. Azúcar blanco y azúcar en bruto sin perfeccionar ..... 46
14. Jarabes y otros productos de azúcar ..... 47
15. Vino ..... 48
1. Cereales, harina y grañones y sémolas de trigo o de centeno
TABLA OMITIDA
2. Arroz y arroz partido
TABLA OMITIDA
3. Productos transformados a base de cereales y de arroz
TABLA OMITIDA
4. Alimentos compuestos a base de cereales para la alimentación de los animales
TABLA OMITIDA
5. Carne bovina
TABLA OMITIDA
6. Carne de cerdo
TABLA OMITIDA
7. Carne de aves de corral
TABLA OMITIDA
8. Huevos
TABLA OMITIDA
9. Leche y productos lácteos
TABLA OMITIDA
10. Frutas y hortalizas
TABLA OMITIDA
11. Productos transformados a base de frutas y hortalizas
TABLA OMITIDA
12. Aceite de oliva
TABLA OMITIDA
13. Azúcar blanco y azúcar en bruto sin perfeccionar
TABLA OMITIDA
14. Jarabes y otros productos de azúcar
TABLA OMITIDA
15. Vino
TABLA OMITIDA
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