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Documento DOUE-L-1998-82144

Reglamento (CE) nº 2581/98 de la Comisión, de 30 de noviembre de 1998, que modifica el Reglamento (CE) nº 1372/95 por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de certificados de exportación en el sector de la carne de aves de corral.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 322, de 1 de diciembre de 1998, páginas 33 a 35 (3 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1998-82144

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 2777/75 del Consejo, de 29 de octubre de 1975, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de aves de corral (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2916/95 (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 3 y el apartado 12 de su artículo 8,

Considerando que el Reglamento (CE) n° 1372/95 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1009/98 (4), establece las disposiciones de aplicación del régimen de certificados de exportación en el sector de la carne de aves de corral;

Considerando que la lista de los productos que se benefician de las restituciones por exportación en el sector de la carne de aves de corral, así como las zonas de destino de dichas restituciones, han sido modificadas recientemente por el Reglamento (CE) n° 2580/98 (5); que los anexos I y III del Reglamento (CE) n° 1372/95 deberían adaptarse en consecuencia;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los huevos y la carne de aves de corral,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los anexos I y III del Reglamento (CE) n° 1372/95 se sustituirán por los anexos del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de noviembre de 1998.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

______________________

(1) DO L 282 de 1. 11. 1975, p. 77.

(2) DO L 305 de 19. 12. 1995, p. 49.

(3) DO L 133 de 17. 6. 1995, p. 26.

(4) DO L 145 de 15. 5. 1998, p. 8.

(5) Véase la página 31 del presente Diario Oficial.

ANEXO I

«ANEXO I

TABLA OMITIDA

ANEXO II

«ANEXO III

Angola

Arabia Saudí

Kuwait

Bahráin

Qatar

Omán

Emiratos Arabes Unidos

Jordania

Yemen

Líbano

Irán

Iraq».

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 30/11/1998
  • Fecha de publicación: 01/12/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 04/12/1998
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 633/2004, de 30 de marzo ((Ref. DOUE-L-2004-80720)).
  • Fecha de derogación: 26/04/2004
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE los anexos I y III del Reglamento 1372/95, de 16 de junio (Ref. DOUE-L-1995-80735).
Materias
  • Aves de corral
  • Carnes
  • Certificaciones
  • Exportaciones
  • Restituciones a la exportación

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