Rectificación a la Directiva 94/65/CE del Consejo, de 14 de diciembre de 1994, por la que se establecen los requisitos aplicables a la producción y a la comercialización de carne picada y preparados de carne
(Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 368 de 31 de diciembre de 1994)
En la página 12, en el artículo 3, en el apartado 1, en la letra g), en el y i) inciso):
en lugar de «...en el tercer guión de la parte IV del Anexo...»
léase «...en el tercer guión de la parte IV del anexo IV del Anexo IV de
la Directiva 64/433/CEE,»;
en la página 12, en el artículo 3, en el apartado 1, en la letra g), en el inciso ii), en el párrafo segundo:
en lugar de «...deberá proporcionarse un certificado sanitario...»
léase «...deberá proporcionarse un certificado de inspección
veterinaria...»;
en la página 12, en el artículo 3, en el apartado 1, en la letra g), en el inciso ii):
en lugar de «...de conformidad con el capítulo III del Anexo Y, cuando se
trate...»,
léase «...de conformidad con el anexo III, cuando se trate ...»;
en la página 14, en el artículo 5, en el apartado 5,en el párrafo primero:
en lugar de «...y a los de la letra g) del punto 2 del capítulo 1 del Anexo
Anexo A...»
léase «...y a los de la letra a) del punto 2 del capítulo Y del Anexo
Y...»;
en la página 14, en el artículo 6, en la letra b):
en lugar de «...en el Anexo III...»,
léase «...en el capítulo III del anexo Y;»;
en la página 19, en el artículo 17, en el apartado 1:
en lugar de: «1. En el artículo 5 de la Directiva 71/118/CEE se añadirá el
siguiente apartado 3:
"3. Los Estados miembros..."»,
léase «1. En el artículo 5 de la directiva 711/118/CEE se añadirá el
siguiente apartado 5:
"5. Los Estados miembros..."»;
En la página 25, en el anexo II, en la parte II:
en el cuadro, el valor M para Staphylococcus aureus se sustituirá por «5 x 10/g.
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