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Documento DOUE-L-1998-80711

Rectificación a la Directiva 94/65/CE del Consejo, de 14 de diciembre de 1994, por la que se establecen los requisitos aplicables a la producción y a la comercialización de carne picada y preparados de carne.

Publicado en:
«DOCE» núm. 127, de 29 de abril de 1998, páginas 34 a 34 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1998-80711

TEXTO ORIGINAL

Rectificación a la Directiva 94/65/CE del Consejo, de 14 de diciembre de 1994, por la que se establecen los requisitos aplicables a la producción y a la comercialización de carne picada y preparados de carne

(Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 368 de 31 de diciembre de 1994)

En la página 12, en el artículo 3, en el apartado 1, en la letra g), en el y i) inciso):

en lugar de «...en el tercer guión de la parte IV del Anexo...»

léase «...en el tercer guión de la parte IV del anexo IV del Anexo IV de

la Directiva 64/433/CEE,»;

en la página 12, en el artículo 3, en el apartado 1, en la letra g), en el inciso ii), en el párrafo segundo:

en lugar de «...deberá proporcionarse un certificado sanitario...»

léase «...deberá proporcionarse un certificado de inspección

veterinaria...»;

en la página 12, en el artículo 3, en el apartado 1, en la letra g), en el inciso ii):

en lugar de «...de conformidad con el capítulo III del Anexo Y, cuando se

trate...»,

léase «...de conformidad con el anexo III, cuando se trate ...»;

en la página 14, en el artículo 5, en el apartado 5,en el párrafo primero:

en lugar de «...y a los de la letra g) del punto 2 del capítulo 1 del Anexo

Anexo A...»

léase «...y a los de la letra a) del punto 2 del capítulo Y del Anexo

Y...»;

en la página 14, en el artículo 6, en la letra b):

en lugar de «...en el Anexo III...»,

léase «...en el capítulo III del anexo Y;»;

en la página 19, en el artículo 17, en el apartado 1:

en lugar de: «1. En el artículo 5 de la Directiva 71/118/CEE se añadirá el

siguiente apartado 3:

"3. Los Estados miembros..."»,

léase «1. En el artículo 5 de la directiva 711/118/CEE se añadirá el

siguiente apartado 5:

"5. Los Estados miembros..."»;

En la página 25, en el anexo II, en la parte II:

en el cuadro, el valor M para Staphylococcus aureus se sustituirá por «5 x 10/g.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 29/04/1998
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Directiva 94/65, de 14 de diciembre (Ref. DOUE-L-1994-82216).
Materias
  • Almacenes
  • Carnes
  • Etiquetas
  • Sanidad veterinaria
  • Transportes

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