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Documento DOUE-L-1997-81447

Rectificación al Reglamento (CE) nº 703/97 de la Comisión, de 18 de abril de 1997, por el que se establece, durante un periodo de prueba comprendido entre el 1 de julio de 1997 y el 30 de junio de 1998, un sistema de cobro acumulativo relativo a la determinación de determinados derechos de importación en el sector del arroz, y por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1503/96.

Publicado en:
«DOCE» núm. 193, de 22 de julio de 1997, páginas 38 a 38 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1997-81447

TEXTO ORIGINAL

En la página 14, en el artículo 1, en el apartado 2, en la letra a), en el último párrafo:

en lugar de: «...al ajuste de los importadores...»,

léase: «...al ajuste de los importes...»,

en la página 14, en el artículo 1, en el apartado 4, en la letra b):

en lugar de: «...la calidad de arroz...»,

léase: «...la cantidad de arroz...»,

en la página 15, en el artículo 4, en el apartado 3, en el segundo párrafo:

en lugar de: «...autordad...»,

léase: «...autoridad...»,

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 22/07/1997
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 703/97, de 18 de abril (Ref. DOUE-L-1997-80692).
Materias
  • Arroz
  • Cereales
  • Certificaciones
  • Derechos arancelarios
  • Importaciones
  • Precios

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