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Documento DOUE-L-1997-81097

Decisión de la Comisión, de 4 de junio de 1997, que modifica, para Alemania, el Reino Unido, Irlanda, Grecia y Suecia, la Decisión 96/295/CE por la que se determinan las unidades de la red informatizada Animo y se establece su lista.

Publicado en:
«DOCE» núm. 158, de 17 de junio de 1997, páginas 49 a 49 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1997-81097

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior, cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE, y, en particular, el apartado 3 de su artículo 20,

Considerando que, a petición de Alemania, el Reino Unido, Irlanda, Grecia y Suecia, conviene modificar la lista de las unidades de Animo establecida mediante la Decisión 96/295/CE de la Comisión, de 18 de abril de 1996, por la que se determinan las unidades de la red informatizada Animo y se establece su lista y por la que se deroga la Decisión 92/175/CEE, en particular en lo que se refiere a las unidades locales y a los puestos de inspección fronterizos;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

La Decisión 96/295/CEE quedará modificada de la siguiente manera:

1) en el Anexo, en el epígrafe "Deutschland, UNIDADES LOCALES", en el número de identificación 0121614, el nombre "Westlausitz-Dresdner Land" se sustituirá por "Kamenz";

2) en el Anexo, en el epígrafe "United Kingdom, UNIDADES LOCALES", el número de identificación «0709903», y el nombre «Dumfries» se sustituirán por «0709003» y «Perth»;

3) en el Anexo, en el epígrafe «Ireland, UNIDADES LOCALES», el número de identificación «0819099» y el nombre «Wicklow» se sustituirán por «0810900» y «Wicklow-Rosslare»;

4) en el Anexo, en el epígrafe «Ellada»:

- en «UNIDADES LOCALES», en el número de identificación 1000200, el nombre «Attiki» se sustituirá por: «Athina-Attiki»,

- en «PUESTOS DE INSPECCION FRONTERIZOS», se suprimirán el número de identificación «1005899» y el nombre «Patra»;

5) en el Anexo, en el epígrafe «Sverige, PUESTOS DE INSPECCION FRONTERIZOS»:

- se suprimirán los números de identificación «1612299» y «1612499» y los nombres «Sturup (airport» y «Malmoe (port)»,

- se añadirán los números de identificación y los nombres siguientes: «1605199 Norrkoeping (airport), 1613199 Varberg (port), 1614499 Lysekil (port), 1614599 Wallham (port) y 1617299 Eda (road)».

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 4 de junio de 1997.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 04/06/1997
  • Fecha de publicación: 17/06/1997
Referencias anteriores
Materias
  • Alemania
  • Cooperación técnica
  • Grecia
  • Irlanda
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
  • Sanidad veterinaria
  • Suecia

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