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Documento DOUE-L-1997-80265

Rectificación al Reglamento (CE) nº 1528/96 de la Comisión, de 30 de julio de 1996, relativo a la aceptación del arroz cáscara por los organismos de intervención y por el que se fijan los montantes correctores, las bonificaciones y los descuentos que deben aplicarse.

Publicado en:
«DOCE» núm. 47, de 18 de febrero de 1997, páginas 24 a 24 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1997-80265

TEXTO ORIGINAL

En la página 28, en el Anexo I, en la segunda columna «Descuentos», en el cuadro «Campaña 1996/97» y en el cuadro «A partir de 1997/98»:

en lugar de: «.... igual al doble del porcentaje....»,

léase: «igual al porcentaje.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 18/02/1997
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 1528/96, de 30 de junio (Ref. DOUE-L-1996-81256).
Materias
  • Arroz
  • Normas de calidad
  • Organismo de intervención
  • Precios

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