LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 66/403/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1966, relativa a la comercialización de patatas de siembra (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 96/16/CE del Consejo (2), y, en particular el apartado 2 de su artículo 13,
Considerando que la Decisión 93/231/CEE de la Comisión(3), cuya última modificación la constituye la Decisión 95/21/CE (4), autorizaba a algunos Estados miembros para limitar, en las regiones enumeradas, la comercialización de patatas de siembra a las patatas de siembra de base de determinadas categorías comunitarios;
Considerando que, en Alemania, el Estado federado de Mecklenburgo-Pomerania Occidental se encontraba entre las regiones enumeradas;
Considerando que, a raíz de la unificación alemana, se introdujeron algunos cambios en la estructura administrativa de determinadas regiones de Alemania que hacen necesario modificar la enumeración correspondiente a Alemania en la citada Decisión;
Considerando que las disposiciones de la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de semillas y plantones agrícolas, hortícolas y forestales,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:
Artículo 1
El Anexo de la Decisión 93/231/CEE quedará modificado de acuerdo con el
presente Anexo.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 3 de mayo de 1996.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
ANEXO
En la columna 2 del Anexo de la Decisión 93/231/CEE, la enumeración correspondiente a Alemania se sustituirá por la siguiente:
«Bundesland Mecklenburg-Vorpommern
- Gemeinde Gross L sewitz
- Ortsteile Lindenhof und Pentz der Gemeinde Metschow
- Gemeinden Böhlendorf, Breesen, Langsdorf sowie Ortsteil Grammow der Gemeinde Grammow
- Gemeinden Hohenbr nzow, Hohenmocker, Ortsteil Ganschendorf der Gemeinde Sarow sowie Ortsteil Leistenow der Gemeinde Utzedel
- Gemeinden Ranzin, L ssow und Gribow
- Gemeinde Pelsin.»
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