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Documento DOUE-L-1996-80718

Decisión núm. 2/95 de la Comisión Mixta Ce-Aelc sobre "Transito Comun", de 26 de octubre de 1995, por la que se modifican los Anexos I a IV del apéndice III del Convenio relativo a un régimen de tránsito común.

Publicado en:
«DOCE» núm. 117, de 14 de mayo de 1996, páginas 14 a 14 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1996-80718

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION MIXTA,

Visto el Convenio, de 20 de mayo de 1987, relativo a un régimen de tránsito común y, en particular, el apartado 3 de su artículo 15,

Considerando que el apéndice III del Convenio contiene los modelos de

formularios sobre los que se establecen las declaraciones T1 o T2; que la modificación de la normativa comunitaria (2) pone fin a la posibilidad de introducir subdivisiones estadísticas nacionales a partir de la nomenclatura combinada; que, por otra parte, estas disposiciones establecen la utilización de códigos adicionales Taric de cuatro caracteres; que, en consecuencia, los datos que figuran en la segunda subdivisión de la casilla 33 del documento administrativo único (DAU) se ven reducidos a dos caracteres, mientras que los datos que figuran en la tercera subdivisión de esta casilla se ven incrementados a cuatro caracteres; considerando que conviene mantener una armonización perfecta de los formularios utilizados por las diferentes Partes contratantes; considerando que estas disposiciones se aplicarán a partir del 1 de enero de 1996; que, en consecuencia, conviene modificar este Anexo,

DECIDE:

Artículo 1

En los Anexos I a IV del apéndice III del Convenio, la separación entre la segunda y tercera subdivisiones de la casilla 33 de los formularios se desplazará una décima de pulgada (2,54 mm) hacia la izquierda.

Artículo 2

El nuevo modelo de formulario podrá utilizarse antes de la entrada en vigor de la presente Decisión.

Los formularios que eran utilizados antes de esta fecha podrán seguir siéndolo hasta el agotamiento de las existencias, pero a más tardar hasta el 30 de junio de 1997.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de enero de 1996.

Hecho en Interlaken, el 26 de octubre de 1995.

Por la Comisión Mixta

El Presidente

R. DIETRICH

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 26/10/1995
  • Fecha de publicación: 14/05/1996
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1996
Referencias anteriores
  • MODIFICA los Anexos I a IV del Apendice III del Convenio de 20 de mayo de 1987, aprobado por Decisión 87/415, de 15 de junio (Ref. DOUE-L-1987-81037).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Aduanas
  • Austria
  • Finlandia
  • Islandia
  • Mercancías
  • Noruega
  • Suecia
  • Suiza

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