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Documento DOUE-L-1995-80408

Reglamento (CE) nº 837/95 del Consejo, de 10 de abril de 1995, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 3381/94 por el que se establece un régimen comunitario de control de las exportaciones de productos de doble uso.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 90, de 21 de abril de 1995, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1995-80408

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 113,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el Reglamento (CE) nº 3381/94 del Consejo, de 19 de diciembre de 1994, por el que se establece un régimen comunitario de control de las exportaciones de productos de doble uso y la Decisión 94/942/PESC del Consejo, de 19 de diciembre de 1994, relativa a la acción común adoptada por el Consejo sobre la base del artículo J.3 del Tratado de la Unión Europea relativo al control de las exportaciones de productos de doble uso constituyen un sistema integrado;

Considerando que estaba previsto que los mencionados actos se aplicarían a partir del 1 de marzo de 1995; que, no obstante, el número del Diario Oficial en que se debían publicar estos actos no estaba disponible en esa

fecha; que, con objeto de permitir una aplicación correcta de dichos actos, conviene cambiar la fecha en cuestión y modificar en consecuencia el Reglamento (CE) nº 3381/ 94,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se sustituye el artículo 24 del Reglamento (CE) nº 3381/94 por el siguiente texto:

« Artículo 24

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de julio de 1995.»

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 10 de abril de 1995.

Por el Consejo

El Presidente

A. JUPPE

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 10/04/1995
  • Fecha de publicación: 21/04/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 21/04/1995
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 1334/2000, de 22 de junio (Ref. DOUE-L-2000-81108).
  • Fecha de derogación: 28/09/2000
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 24 del Reglamento 3381/94, de 19 de diciembre (Ref. DOUE-L-1994-82291).
Materias
  • Exportaciones
  • Mercancías

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