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Documento DOUE-L-1994-80177

Reglamento (CE) nº 329/94 de la Comisión, de 14 de febrero de 1994, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 388/92 por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen específico para el abastecimiento de productos del sector de los cereales a los departamentos franceses de Ultramar y el plan de previsiones de abastecimiento.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 42, de 15 de febrero de 1994, páginas 3 a 4 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1994-80177

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 3763/91 del Consejo, de 16 de diciembre de 1991, relativo a medidas específicas en favor de los departamentos franceses de Ultramar con respecto a determinados productos agrícolas (1), modificado por el Reglamento (CEE) no 3714/92 de la Comisión (2), y, en particular, el apartado 6 de su artículo 2,

Considerando que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento (CEE) no 3763/91, el Reglamento (CEE) no 388/92 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2300/93 (4), ha establecido el plan de previsiones de abastecimiento de productos del sector de los cereales a los departamentos franceses de Ultramar (DU) para 1993; que conviene establecer este plan de abastecimiento para 1994; que por consiguiente, es conveniente modificar el Reglamento (CEE) no 388/92;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se sustituye el Anexo del Reglamento (CEE) no 388/92 por el Anexo del

presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 1994.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 14 de febrero de 1994.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

___________________

(1) DO nº L 356 de 24. 12. 1991, p. 1.

(2) DO nº L 378 de 23. 12. 1992, p. 23.

(3) DO nº L 43 de 19. 2. 1992, p. 16.

(4) DO nº L 208 de 19. 8. 1993, p. 21.

ANEXO

PLAN DE ABASTECIMIENTO DE CEREALES A LOS DEPARTAMENTOS FRANCESES DE ULTRAMAR PARA EL AÑO 1994 Primer semestre de 1994

Primer semestre de 199

(en toneladas)

----------------------------------------------------------------------------

Cereales |Trigo |Trigo duro |Cebada |Maíz |Grañones |Malta

originarios |blando | | | |y |

de terceros | | | | |sémolas |

países (ACP | | | | |de |

/PVD) o de la | | | | |trigo |

CE | | | | |duro |

----------------------------------------------------------------------------

Guadalupe |40 000 |0 |5 000 |10 000 |- |750

Martinica |5 000 |0 |2 000 |13 000 |1 500 |500

Guyane |1 000 |0 |500 |1 000 |- |-

Reunión |20 000 |0 |20 000 |80 000 |- |1 500

Total |66 000 |0 |27 500 |104 000 |1 500 |2 750

----------------------------------------------------------------------------

Segundo semestre de 199

(en toneladas)

----------------------------------------------------------------------------

Cereales |Trigo |Trigo duro |Cebada |Maíz |Grañones |Malta

originarios |blando | | | |y |

de terceros | | | | |sémolas |

países (ACP | | | | |de |

/PVD) o de la | | | | |trigo |

CE | | | | |duro |

----------------------------------------------------------------------------

Guadalupe |40 000 |0 |5 000 |10 000 |- |750

Martinica |5 000 |0 |2 000 |13 000 |1 500 |500

Guyane |1 000 |0 |500 |1 000 |- |-

Reunión |20 000 |0 |20 000 |80 000 |- |1 500

Total |66 000 |0 |27 500 |104 000 |1 500 |2 750

³[L76]

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 14/02/1994
  • Fecha de publicación: 15/02/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 15/02/1994
  • Aplicable desde El 1 de enero de 1994.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el Anexo del Reglamento 388/92, de 18 de febrero (Ref. DOUE-L-1992-80182).
Materias
  • Ayudas
  • Cereales
  • Francia
  • Países y Territorios de Ultramar

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