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Documento DOUE-L-1994-80101

Reglamento (CE) nº 211/94 de la Comisión, de 31 de enero de 1994, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 3392/93 por el que se establecen las modalidades de aplicación del Reglamento (CEE) nº 1842/83 del Consejo por el que se establecen las normas generales relativas a la cesión de leche y de determinados productos lácteos a los alumnos en los establecimientos escolares.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 27, de 1 de febrero de 1994, páginas 37 a 37 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1994-80101

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 2071/92 (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 26,

Visto el Reglamento (CEE) nº 1842/83 del Consejo, de 30 de junio de 1983, por el que se establecen las normas generales relativas a la cesión de leche y de determinados productos lácteos a los alumnos en los establecimientos escolares (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 2748/93 (4), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 2,

Considerando que el Anexo del Reglamento (CE) nº 3392/93 de la Comisión (5) presenta la lista de los productos lácteos que pueden beneficiarse de la ayuda comunitaria a la leche escolar; que en determinadas regiones de la Comunidad se ha desarrollado una red de distribución de leche entera cruda que abastece a las escuelas de zonas en las que el suministro de leche tratada térmicamente no está garantizado; que, por lo tanto, es oportuno ampliar el ámbito de aplicación de dicho Reglamento a la leche entera cruda; que para mantener la continuidad de la distribución es oportuno aplicar esta modificación a partir del 1 de enero de 1994, fecha de entrada en vigor del mencionado Reglamento;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CE) nº 3392/93 quedará modificado como sigue:

1) En el apartado 1 del artículo 2, los términos « las categorías III a VI » se sustituirán por los términos « las categorías III a VII ».

2) En la letra a) del apartado 1 del artículo 4, los términos « de la categoría I » se sustituirán por los términos « de las categorías I y VII ».

3) En el Anexo se añadirá el texto siguiente:

« Categoría VII

Leche entera cruda ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 1994.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 31 de enero de 1994.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

_______________

(1) DO nº L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.

(2) DO nº L 215 de 30. 7. 1992, p. 64.

(3) DO nº L 183 de 7. 7. 1983, p. 1.

(4) DO nº L 249 de 7. 10. 1993, p. 1.

(5) DO nº L 306 de 11. 12. 1993, p. 27.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 31/01/1994
  • Fecha de publicación: 01/02/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 08/02/1994
  • Aplicable desde El 1 de enero de 1994.
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 2707/2000, de 11 de diciembre (Ref. DOUE-L-2000-82409).
  • Fecha de derogación: 19/12/2000
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 2.1 y 4.1 y el Anexo del Reglamento 3392/93, de 10 de diciembre (Ref. DOUE-L-1993-82070).
  • CITA Reglamento 1842/83, de 30 de junio (Ref. DOUE-L-1983-80297).
Materias
  • Ayudas
  • Centros de enseñanza
  • Leche
  • Productos lácteos

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