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Documento DOUE-L-1993-82226

Reglamento (CE) núm. 3617/93 de la Comisión, de 22 de diciembre de 1993, por el que se modifican los artículos 14, 21 y 28 del Anexo III del Reglamento (CEE) núm. 3030/93 del Consejo relativo al régimen común aplicable a las importaciones de algunos productos textiles originarios de países terceros.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 328, de 29 de diciembre de 1993, páginas 22 a 22 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1993-82226

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 113,

Visto el Reglamento (CEE) no 3030/93 del Consejo, de 12 de octubre de 1993, relativo al régimen común aplicable a las importaciones de algunos productos textiles originarios de países terceros (1), y, en particular, el apartado 8 del artículo 12 y el apartado 3 del artículo 13, en conjunción con el artículo 17,

Considerando que como resultado del mercado interior de productos textiles y prendas de vestir los límites cuantitativos han dejado de desglosarse en cuotas para los Estados miembros desde el 1 de enero de 1993;

Considerando que con arreglo al actual régimen de administración de los

límites cuantitativos y medidas de control comunitarias, las autorizaciones de importación sólo pueden ser expedidas por las autoridades competentes del Estado miembro indicado en la licencia de exportación;

Considerando que la Comisión y las autoridades competentes de los Estados miembros han creado una red informática integrada para gestionar los límites cuantitativos comunitarios con el fin de evitar la presentación fraudulenta de una licencia de exportación en más de un Estado miembro;

Considerando, no obstante, que es posible y deseable permitir que se expidan autorizaciones de importación en cualquier Estado miembro independientemente del Estado miembro de destino que se indique en la licencia de exportación, con arreglo a los principios del mercado único;

Considerando que para ello es necesario modificar determinadas disposiciones del Anexo III del Reglamento (CEE) no 3030/93;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité textil,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Anexo III del Reglamento (CEE) no 3030/93 quedará modificado como sigue:

1) El actual apartado 1 del artículo 14 pasa a ser el primer párrafo del mismo y se añade como segundo párrafo lo siguiente:

« A partir del 1 de enero de 1994 las autorizaciones de importación serán expedidas por las autoridades competentes de cualquier Estado miembro independientemente del Estado miembro de destino que se indique en la licencia de exportación, hasta el punto que la Comisión con arreglo al artículo 12 del Reglamento ha confirmado que el importe solicitado será disponible dentro del límite cuantitativo en cuestión. ».

2) En la primera frase del apartado 1 del artículo 21 los términos « del Estado miembro » se sustituirán por los términos « de los Estados miembros » y se suprimirá la expresión « indicado en la licencia de exportación ».

3) En la primera frase del segundo guión del apartado 6 del artículo 28 se introducirá el término « pretendido » delante de « Estado miembro de destino ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1994.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de diciembre de 1993.

Por la Comisión

Peter SCHMIDHUBER

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 275 de 8. 11. 1993, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 22/12/1993
  • Fecha de publicación: 29/12/1993
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1994
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 2015/937, de 9 de junio (Ref. DOUE-L-2015-81206).
  • Fecha de derogación: 26/06/2015
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Anexo III del Reglamento 3030/93, de 12 de octubre (Ref. DOUE-L-1993-81820).
Materias
  • Importaciones
  • Productos textiles

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