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Documento DOUE-L-1993-81694

Reglamento (CEE) núm. 2867/93 de la Comisión, de 20 de octubre de 1993, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 2377/80 por el que se establecen modalidades especiales de aplicación del régimen de importación y de exportación en el sector de la carne de vacuno.

Publicado en:
«DOCE» núm. 262, de 21 de octubre de 1993, páginas 26 a 26 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1993-81694

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 715/90 del Consejo, de 5 de marzo de 1990, relativo al régimen aplicable a los productos agrícolas de determinadas mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas originarios de los Estados de Africa, del Caribe y del Pacífico o de los países y territorios de Ultramar (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 523/91 (2), y, en particular, su artículo 27,

Considerando que el apartado 1 del artículo 101 de la Decisión 91/482/CEE del Consejo (3) establece que los productos que sean originarios de los PTU se admitan a su importación en la Comunidad con exención de derechos de aduana y de exacciones de efecto equivalente; que el Reglamento (CEE) no 444/92 del Consejo (4) prorroga la validez del Reglamento (CEE) no 715/90 únicamente en lo que se refiere a los productos originarios de los Estados ACP; que, consecuentemente, conviene adaptar el Reglamento (CEE) no 2377/80 de la Comisión (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2292/93 (6);

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CEE) no 2377/80 quedará modificado como sigue:

1. Las letras a) y b) del apartado 1 del artículo 13 serán sustituidas por el texto siguiente:

« a) en la rúbrica "Notas" y en la casilla 24, respectivamente, una de las menciones siguientes:

- Producto ACP - Reglamento (CEE) no 715/90,

- AVS-varer - forordning (EOEF) nr. 715/90,

- AKP-Erzeugnis - Verordnung (EWG) Nr. 715/90,

- Proion AKE - Kanonismos (EOK) arith. 715/90,

- ACP-product - Regulation (EEC) No 715/90,

- Produit ACP - règlement (CEE) no 715/90,

- Prodotto ACP - regolamento (CEE) n. 715/90,

- ACS-produkt - Verordening (EEG) nr. 715/90,

- Produto ACP - Regulamento (CEE) no 715/90;

b) en la casilla 8, la mención del Estado del que sea originario el producto. ».

2. En el punto 1 de la sección primera del Anexo I se suprimirá la mención « PTU ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de octubre de 1993.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 84 de 30. 3. 1990, p. 85.

(2) DO no L 58 de 5. 3. 1991, p. 1.

(3) DO no L 263 de 19. 9. 1991, p. 27.

(4) DO no L 52 de 27. 2. 1992, p. 7.

(5) DO no L 241 de 4. 9. 1980, p. 5.

(6) DO no L 206 de 18. 8. 1993, p. 3.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 20/10/1993
  • Fecha de publicación: 21/10/1993
  • Fecha de entrada en vigor: 28/10/1993
Referencias anteriores
Materias
  • Carnes
  • Certificaciones
  • Exportaciones
  • Ganado vacuno
  • Importaciones

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