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Documento DOUE-L-1993-81237

Reglamento (CEE) núm. 2063/93 de la Comisión, de 27 de julio de 1993, por el que se modifica por segunda vez el Reglamento (CEE) núm. 585/93 sobre la realización de campañas de promoción y de publicidad en el sector de la leche y de los productos lácteos.

Publicado en:
«DOCE» núm. 187, de 29 de julio de 1993, páginas 24 a 24 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1993-81237

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADESEUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 2073/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, relativo al fomento del consumo de la Comunidad y a la ampliación de los mercados de la leche y los productos lácteos (1) y, en particular, su artículo 4,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 1079/77 del Consejo, de 17 de mayo de 1977, relativo a una tasa de corresponsabilidad y a determinadas medidas destinadas a ampliar los mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1374/92 (3), que establecía, entre otras cosas, medidas específicas destinadas a fomentar la ampliación del mercado de la leche, ha sido derogado a partir del 1 de abril de 1993 por el Reglamento (CEE) no 1029/93 del Consejo (4); que las disposiciones del Reglamento (CEE) no 2073/92 tienen los mismos objetivos en este sector que el Reglamento (CEE) no

1079/77;

Considerando que el Reglamento (CEE) no 585/93 de la Comisión, de 12 de marzo de 1993, sobre la realización de campañas de promoción y de publicidad en el sector de la leche y de los productos lácteos (5), modificado por el Reglamento (CEE) no 1233/93 (6), establece en el párrafo tercero del apartado 1 del artículo 3 que las propuestas de las distintas actividades deberán presentarse antes del 15 de abril; que, en determinados Estados miembros, este plazo ha resultado insuficiente para la presentación de propuestas que respondan en su totalidad a los requisitos del Reglamento;

Considerando que procede modificar esta plazo para el conjunto de los Estados miembros, así como el plazo de transmisión a la Comisión de las propuestas presentadas y la fecha de pago de la contribución financiera;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1. La fecha de « 15 de abril de 1993 », recogida en el apartado 1 del artículo 3 del Reglamento (CEE) no 585/93, se sustituirá por el « 15 de agosto de 1993 ».

2. La fecha de « 10 de mayo de 1993 », contemplada en el párrafo primero del apartado 1 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 585/93, se sustituirá por el « 22 de agosto de 1993 ».

3. La fecha de « 30 de septiembre de 1993 », contemplada en el apartado 1 del artículo 7 del Reglamento (CEE) no 585/93, se sustituirá por el « 10 de octubre de 1993 ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de julio de 1993.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 215 de 30. 7. 1992, p. 67.

(2) DO no L 131 de 26. 5. 1977, p. 6.

(3) DO no L 147 de 29. 5. 1992, p. 3.

(4) DO no L 108 de 1. 5. 1993, p. 4.

(5) DO no L 61 de 13. 3. 1993, p. 26.

(6) DO no L 124 de 20. 5. 1993, p. 30.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 27/07/1993
  • Fecha de publicación: 29/07/1993
  • Fecha de entrada en vigor: 05/08/1993
Referencias anteriores
Materias
  • Ayudas
  • Leche
  • Productos lácteos
  • Publicidad

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