(93/153/CEE)LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Vista la Decisión 89/631/CEE del Consejo, de 27 de noviembre de 1989,
reltiva a la participación financiera de la Comunidad en los gastos realizados por los Estados miembros para garantizar el cumplimiento del régimen comunitario de conservación y gestión de los recursos pesqueros (1) y, en particular, el apartado 2 de su artículo 2,
Considerando que, de conformidad con la Decisión 89/631/CEE, la Comisión ha recibido solicitudes de contribución financiera comunitaria de Alemania, España, Grecia, Irlanda, Italia, de los Países Bajos y el Reino Unido para desembolsos que serán efectuados en 1993;
Considerando que las solicitudes se refieren a gastos para la compra o la modernización de buques, aviones, vehículos terrestres, y sus accesorios, sistemas de detección y registro de las actividades pesqueras y sistemas para registrar y transmitir datos de las capturas y demás información importante;
Considerando que tales gastos contribuirán a desarrollar los medios de vigilancia y de control de la aplicación del régimen comunitario de conservación de los recursos pesqueros;
Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los recursos pesqueros,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:
Artículo 1
Los gastos previstos para 1993, mencionados en el Anexo, y que corresponden a una cantidad de 30 954 489 ecus podrán ser objeto de una contribución financiera de acuerdo con los términos de la Decisión 89/631/CEE. La contribución comunitaria será del 50 % del gasto objeto de la contribución.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán la República Federal de Alemania, el Reino de España, la República Helénica, Irlanda, la República Italiana, el Reino de los Países Bajos y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Hecho en Bruselas, el 9 de febrero de 1993.
Por la Comisión
Yannis PALEOKRASSAS
Miembro de la Comisión
(1) DO no L 364 de 14. 12. 1989, p. 64.
PARARTIMA ANEXO / BILAG / ANHANG / / ANNEX / ANNEXE / ALLEGATO / BIJLAGE / ANEXO
/ Cuadros: Véase DO /
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