LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 1765/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen de apoyo a los productores de determinados cultivos herbáceos (1) y, en particular, el apartado 1 de su artículo 11,
Considerando que, según el Reglamento (CEE) no 2294/92 de la Comisión, de 31 de julio de 1992, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de apoyo a los productores de semillas oleaginosas a las que se refiere el Reglamento (CEE) no 1765/92 del Consejo (2), modificado por el Reglamento (CEE) no 2890/92 (3), la subvención a los productores de semillas de colza y nabina acogida al pago compensatorio queda limitada a los productores de las variedades y calidades de semillas que se mencionan en el Anexo II; que los productores pueden disponer de una variedad más de semillas de colza; que esta variedad se ajusta a los criterios requeridos para la subvención con las mismas características que las variedades que ya pueden subvencionarse; que, por tanto, es conveniente añadir esta variedad a la lista actual con efectos retroactivos a partir del 6 de agosto de 1992 para no perjudicar a los productores que hayan sembrado dicha variedad desde esa fecha;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las materias grasas,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Se añade la variedad de colza « Briol » a la lista de variedades que figuran en el Anexo II del Reglamento (CEE) no 2294/92, con efectos a partir del 6 de agosto de 1992.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Será aplicable a partir del 6 de agosto de 1992. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 7 de diciembre de 1992. Por la Comisión
Ray MAC SHARRY
Miembro de la Comisión
(1) DO no L 181 de 1. 7. 1992, p. 12. (2) DO no L 221 de 6. 8. 1992, p. 22. (3) DO no L 288 de 3. 10. 1992, p. 10.
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