LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOSESTADOS MIEMBROS, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero,
Considerando que en virtud del artículo 15 del Acuerdo entre los Estados miembros de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero y la República Federativa Socialista de Yugoslavia (1), cada Parte contratante puede denunciar el Acuerdo mediante notificación a la otra Parte contratante;
Considerando que la situación existente en Yugoslavia no permite mantener por más tiempo el Acuerdo antes citado y los actos correspondientes al mismo;
De acuerdo con la Comisión,
DECIDEN:
Artículo 1
Quedan denunciados el Acuerdo entre los Estados miembros de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero y la República Federativa Socialista de Yugoslavia, así como todos los actos correspondientes al mismo.
Artículo 2
La presente Decisión será publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas y notificada por el presidente del Consejo a la República Federativa Socialista de Yugoslavia.
La presente Decisión surtirá efecto el día de su publicación.
Hecho en Bruselas, el 11 de noviembre de 1991.
El Presidente
H. J. SIMONS
(1) DO no L 41 de 14. 2. 1983, p. 113.
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