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Documento DOUE-L-1991-80401

Reglamento (CEE) nº 870/91 de la Comisión, de 9 de abril de 1991, que modifica el Reglamento (CEE) nº 3878/87 del Consejo relativo a la ayuda a la producción para determinadas variedades de arroz.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 89, de 10 de abril de 1991, páginas 11 a 11 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1991-80401

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 3878/87 del Consejo, de 18 de diciembre de 1987, relativo a la ayuda a la producción para determinadas variedades de arroz (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 832/90 (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 2,

Considerando que, según el Reglamento antes citado y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CEE) no 2580/88 de la Comisión, de 17 de agosto de 1988, por el que se establecen las normas para la modificación de la lista de determinadas variedades de arroz establecidas en el Anexo B del Reglamento (CEE) no 3878/87 (3), a partir de la campaña 1988/89, únicamente podrán figurar en el Anexo B del Reglamento (CEE) no 3878/87 las variedades de arroz que respondan a las características morfológicas establecidas en el apartado 1 del artículo 2 del mencionado Reglamento, así como a determinadas características bromatológicas;

Considerando que se han realizado los análisis de las muestras de las variedades para las que se solicita la inclusión en la lista mencionada antes; que, como consecuencia de los resultados obtenidos, debe modificarse la composición de dicha lista;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se sustituye el Anexo B del Reglamento (CEE) no 3878/87 por el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente

Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 9 de abril de 1991. Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 365 de 24. 12. 1987, p. 3. (2) DO no L 86 de 31. 3. 1990, p. 46. (3) DO no L 230 de 19. 8. 1988, p. 8.

ANEXO

Lista de variedades

Artiglio

Bluebelle E

Dedalo

Graldo

Icaro

Idra Lemont

Pegaso

Puntal

Rea

Star

Thaibonnet = L 202

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 09/04/1991
  • Fecha de publicación: 10/04/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 13/04/1991
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 3072/95, de 22 de diciembre; (Ref. DOUE-L-1995-82033).
  • Fecha de derogación: 30/12/1995
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el Anexo B del Reglamento 3878/87, de 18 de diciembre (Ref. DOUE-L-1987-81568).
Materias
  • Arroz
  • Ayudas

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