Está Vd. en

Documento DOUE-L-1990-82052

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 4133/87 de la Comisión, de 9 de diciembre de 1987, por el que se establecen las condiciones para la admisión del vodka de las subpartidas 2208 90 31 y 2208 90 53 de la nomenclatura combinada, importado en la Comunidad, al beneficio arancelario previsto en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República de Finlandia relativo a los intercambios mutuos de determinados vinos y bebidas espirituosas.

Publicado en:
«DOCE» núm. 14, de 18 de enero de 1990, páginas 24 a 24 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1990-82052

TEXTO ORIGINAL

Anexo II, columna 3,

en lugar de:

« Salmisaarenranta, 7

00100 Helsinki 10 »,

léase:

« Salmisaarenranta, 7

SF-00180 Helsinki ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 18/01/1990
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 4133/87, de 9 de diciembre (Ref. DOUE-L-1987-81726).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Aduanas
  • Arancel Aduanero Común
  • Bebidas alcohólicas
  • Certificaciones
  • Exportaciones
  • Finlandia
  • Importaciones
  • Nomenclatura

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid