En la pagina 39:
- en la cuarta linea del cuarto considerando, después de las palabras « de las Islas Canarias », se anadira « de Ceuta y Melilla »;
- en la segunda linea del articulo 2, después de la palabra « Canarias » se anadira « y de Ceuta y Melilla »;
- en la novena linea del articulo 2 después de las palabras « en las Islas Canarias », se anadira « o en Ceuta y Melilla ».
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