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Documento DOUE-L-1990-81966

Rectificación por la que se anula la rectificación a la Directiva 90/167/CEE del Consejo, de 26 de marzo de 1990, por la que se establecen las condiciones de preparación, de puesta en el mercado y de utilización de los piensos medicamentosos en la Comunidad.

Publicado en:
«DOCE» núm. 211, de 9 de agosto de 1990, páginas 15 a 15 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1990-81966

TEXTO ORIGINAL

La rectificación a la Directiva 90/167/CEE publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas nº L 114 de 5 de mayo de 1990, página 31, se considerará nula y sin valor.

Como consecuencia de ello, en el artículo 9 de esta Directiva:

- en el apartado 1, párrafo primero in fine, las palabras « o un distribuidor especialmente autorizado por la autoridad competente del Estado miembro de destino » no son suprimidas;

- en el apartado 2, las palabras « por la autoridad competente del Estado miembro de destino » no se insertan después de « para tal fin ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 09/08/1990
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Directiva 90/167, de 26 de marzo (Ref. DOUE-L-1990-80371).
Materias
  • Alimentos para animales
  • Piensos
  • Sanidad veterinaria

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