EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal y, en particular, el apartado 2 de su artículo 234,
Visto el Reglamento (CEE) N° 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) N° 3641/90(2), y, en particular, el apartado 6 de su artículo 5 quater,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando que, de acuerdo con lo dispuesto en el Acta de adhesión, Portugal aplicará a partir del 1 de enero de 1991 el conjunto de normas que regulan las organizaciones comunes de mercados agrícolas, entre las que se halla el régimen de la tasa suplementaria previsto en el artículo 5 quater del Reglamento (CEE) N° 804/68; que, de conformidad con el Protocolo N° 25 anejo al Acta de adhesión, es conveniente tomar en consideración la situación específica de Portugal y, en particular, su baja productividad lechera;
que parece oportuno, por lo tanto, modificar el Reglamento (CEE) N° 775/87(3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) N° 3882/89(4), con el fin de que no se aplique a los productores portugueses la suspensión de una parte de su cantidad de referencia,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En el Reglamento (CEE) N° 775/87 se insertará el artículo siguiente:
«Artículo 4 ter Las diposiciones del presente Reglamento no serán aplicables a Portugal».
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1991.
El presente Reglamento será aplicable a partir del 1 de abril de 1991.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 11 de diciembre de 1990.
Por el ConsejoEl PresidenteV. SACCOMANDI
(1)DO N° L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.
(2)Véase la página 5 del presente Diario Oficial.
(3)DO N° L 78 de 20. 3. 1987, p. 5.
(4)DO N° L 378 de 27. 12. 1989, p. 6.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid