LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Vista el Acta de adhesión de España y Portugal,
Visto el Reglamento (CEE) no 491/86 del Consejo, de 25 de febrero de 1986, por el que se determinan las modalidades de las restricciones cuantitativas a la importación en España de determinados productos agrícolas procedentes de terceros países (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3296/88 (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 3,
Considerando que el Reglamento (CEE) no 3990/89 de la Comisión (3), modificado por el Reglamento (CEE) no 745/90 (4), ha fijado para 1990 los contingentes aplicables a la importación en España de determinados productos lácteos procedentes de terceros países; que en el apartado 2 del artículo 1 de dicho Reglamento se establece un contingente de 3 400 toneladas de quesos incluidos en el código NC ex 0406, con exclusión, en lo que se refiere a las importaciones de Suiza, de los códigos NC 0406 90 13 y 0406 90 15; que los últimos datos disponibles sobre tal contingente señalan una cantidad potencial total de 648 toneladas; que debe tenerse en cuenta esta cantidad para fijar el contingente de quesos de importación en España procedentes de terceros países en 1990;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En el apartado 2 del artículo 1 del Reglamento (CEE) no 3990/89, se sustituye la cifra « 3 400 toneladas » por la cifra « 3 788 toneladas ».
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Será aplicable a partir del 1 de enero de 1990.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 30 de julio de 1990.
Por la Comisión
Ray MAC SHARRY
Miembro de la Comisión
(1) DO no L 54 de 1. 3. 1986, p. 25.
(2) DO no L 293 de 27. 10. 1988, p. 7.
(3) DO no L 380 de 29. 12. 1989, p. 42.
(4) DO no L 82 de 29. 3. 1990, p. 22.
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